Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-569)
Resolución 420/38001/2025, de 7 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con Indra Sistemas, SA, para el desarrollo de actividades conjuntas y prestación de apoyos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5612
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa e Indra Sistemas, SA,
para el desarrollo de actividades conjuntas y prestación de apoyos.
El Convenio entre el Ministerio de Defensa e Indra Sistemas, SA, para el desarrollo
de actividades conjuntas y prestación de apoyos, queda modificado como sigue:
Se añade una cláusula duodécima al convenio con la siguiente redacción:
«Duodécima.
Tratamiento de datos de carácter personal.
Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal que se
utilicen durante la ejecución del convenio de acuerdo al Reglamento UE 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), así como al resto de normativa
que pudiera ser aplicable en esta materia.»
Segunda. Prórroga del Convenio entre el Ministerio de Defensa e Indra Sistemas, SA,
para el desarrollo de actividades conjuntas y prestación de apoyos, suscrito el 23 de
diciembre de 2020.
El Ministerio de Defensa y la empresa Indra Sistemas, SA, acuerdan prorrogar por un
período de cuatro años la vigencia del convenio suscrito por las partes en fecha 23 de
diciembre de 2020.
Tercera
Eficacia de la adenda.
Esta adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y
resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-569
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de
Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, Francisco Braco
Carbó.–Por Indra Sistemas, SA, los representantes, José V. de los Mozos, Borja Ochoa Gil.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5612
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa e Indra Sistemas, SA,
para el desarrollo de actividades conjuntas y prestación de apoyos.
El Convenio entre el Ministerio de Defensa e Indra Sistemas, SA, para el desarrollo
de actividades conjuntas y prestación de apoyos, queda modificado como sigue:
Se añade una cláusula duodécima al convenio con la siguiente redacción:
«Duodécima.
Tratamiento de datos de carácter personal.
Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal que se
utilicen durante la ejecución del convenio de acuerdo al Reglamento UE 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), así como al resto de normativa
que pudiera ser aplicable en esta materia.»
Segunda. Prórroga del Convenio entre el Ministerio de Defensa e Indra Sistemas, SA,
para el desarrollo de actividades conjuntas y prestación de apoyos, suscrito el 23 de
diciembre de 2020.
El Ministerio de Defensa y la empresa Indra Sistemas, SA, acuerdan prorrogar por un
período de cuatro años la vigencia del convenio suscrito por las partes en fecha 23 de
diciembre de 2020.
Tercera
Eficacia de la adenda.
Esta adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y
resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-569
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de
Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, Francisco Braco
Carbó.–Por Indra Sistemas, SA, los representantes, José V. de los Mozos, Borja Ochoa Gil.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X