Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-578)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con el Instituto Valenciano de Arte Moderno, para la itinerancia de la Exposición «Soledad Sevilla».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Novena.
Sec. III. Pág. 5713
Seguro de las obras.
a) Cada Parte contratará y abonará una póliza de seguro «clavo a clavo» y «a todo
riesgo» de las obras según los periodos de préstamo y tramos de transporte bajo su
responsabilidad, de acuerdo con el siguiente reparto:
I. El MNCARS contratará y asumirá una póliza con cobertura desde el embalaje de
las obras en el domicilio de los Prestadores, durante su estancia en el MNCARS y hasta
la revisión del estado de conservación al desembalaje de las obras en el IVAM.
II. El IVAM contratará y asumirá una póliza para las obras del MNCARS que
viajarán al IVAM con cobertura desde de embalaje de las obras en el MNCARS tras la
revisión del estado de conservación en el MNCARS.
III. El IVAM contratará y asumirá una póliza con cobertura desde la revisión del
estado de conservación de las obras en su sede y hasta su devolución a los domicilios
de los prestadores al finalizar su presentación en su sede.
b) Los certificados de seguro serán enviados por el MNCARS a los Prestadores
antes de la salida de las obras y por el IVAM previamente a la llegada de las obras al
IVAM.
Décima.
Diseño, montaje/desmontaje de la exposición y actividades locales.
a) Cada Parte contratará y abonará los gastos de diseño de montaje, montaje y
desmontaje de la exposición en su sede, así como los correspondientes gastos
asociados (construcción de muros y mobiliario, pintura muros, instalación y
desinstalación de las Obras de arte, limpieza salas, etc.).
b) Los programas educativos y las actividades públicas en cada Sede se
organizarán a discreción y consideración de la Parte correspondiente.
c) Cada Parte organizará y abonará los actos de inauguración de la Exposición en
su Sede.
d) Cada Parte gestionará y abonará la obtención de los derechos de reproducción
de imágenes correspondientes para publicitar la Exposición en su Sede en todos y cada
uno de los materiales publicados en relación con la Exposición, incluido el sitio web y
otros medios electrónicos, así como para fines educativos, de prensa, publicitarios y
similares relacionados con la Exposición.
e) Cualquier otro servicio no mencionado anteriormente requerido para la
presentación de la Exposición en cada Sede se considerará en todo caso parte de la
organización local de la Exposición.
f) Todos estos costes se considerarán gastos locales.
Undécima.
Cuidado de las obras y medidas de seguridad en los museos.
a) Las salas de exposición y las que se usen para almacenamiento y depósito
deberán estar equipadas con sistemas de climatización y control.
b) Ninguna obra será expuesta, bajo ninguna circunstancia, a una fuente directa de
calor o de frío, ni exhibida en enclaves o sitios cuya temperatura sea inadecuada para la
naturaleza de las obras.
c) Se establecerá una vigilancia de 24 horas. Todas las obras expuestas estarán
vigiladas visualmente por guardias de seguridad repartidos estratégicamente según el
esquema de montaje de la exposición. Durante las horas de cierre de la exposición,
además de la puesta en marcha de todos los sistemas de detección y de protección
electrónica, se vigilará en todo momento el acceso a las salas de exposición.
cve: BOE-A-2025-578
Verificable en https://www.boe.es
Las Partes exhibirán las obras prestadas con todas las garantías habituales y
exigibles en los circuitos museísticos internacionales y cumplirán con los siguientes
requisitos:
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Novena.
Sec. III. Pág. 5713
Seguro de las obras.
a) Cada Parte contratará y abonará una póliza de seguro «clavo a clavo» y «a todo
riesgo» de las obras según los periodos de préstamo y tramos de transporte bajo su
responsabilidad, de acuerdo con el siguiente reparto:
I. El MNCARS contratará y asumirá una póliza con cobertura desde el embalaje de
las obras en el domicilio de los Prestadores, durante su estancia en el MNCARS y hasta
la revisión del estado de conservación al desembalaje de las obras en el IVAM.
II. El IVAM contratará y asumirá una póliza para las obras del MNCARS que
viajarán al IVAM con cobertura desde de embalaje de las obras en el MNCARS tras la
revisión del estado de conservación en el MNCARS.
III. El IVAM contratará y asumirá una póliza con cobertura desde la revisión del
estado de conservación de las obras en su sede y hasta su devolución a los domicilios
de los prestadores al finalizar su presentación en su sede.
b) Los certificados de seguro serán enviados por el MNCARS a los Prestadores
antes de la salida de las obras y por el IVAM previamente a la llegada de las obras al
IVAM.
Décima.
Diseño, montaje/desmontaje de la exposición y actividades locales.
a) Cada Parte contratará y abonará los gastos de diseño de montaje, montaje y
desmontaje de la exposición en su sede, así como los correspondientes gastos
asociados (construcción de muros y mobiliario, pintura muros, instalación y
desinstalación de las Obras de arte, limpieza salas, etc.).
b) Los programas educativos y las actividades públicas en cada Sede se
organizarán a discreción y consideración de la Parte correspondiente.
c) Cada Parte organizará y abonará los actos de inauguración de la Exposición en
su Sede.
d) Cada Parte gestionará y abonará la obtención de los derechos de reproducción
de imágenes correspondientes para publicitar la Exposición en su Sede en todos y cada
uno de los materiales publicados en relación con la Exposición, incluido el sitio web y
otros medios electrónicos, así como para fines educativos, de prensa, publicitarios y
similares relacionados con la Exposición.
e) Cualquier otro servicio no mencionado anteriormente requerido para la
presentación de la Exposición en cada Sede se considerará en todo caso parte de la
organización local de la Exposición.
f) Todos estos costes se considerarán gastos locales.
Undécima.
Cuidado de las obras y medidas de seguridad en los museos.
a) Las salas de exposición y las que se usen para almacenamiento y depósito
deberán estar equipadas con sistemas de climatización y control.
b) Ninguna obra será expuesta, bajo ninguna circunstancia, a una fuente directa de
calor o de frío, ni exhibida en enclaves o sitios cuya temperatura sea inadecuada para la
naturaleza de las obras.
c) Se establecerá una vigilancia de 24 horas. Todas las obras expuestas estarán
vigiladas visualmente por guardias de seguridad repartidos estratégicamente según el
esquema de montaje de la exposición. Durante las horas de cierre de la exposición,
además de la puesta en marcha de todos los sistemas de detección y de protección
electrónica, se vigilará en todo momento el acceso a las salas de exposición.
cve: BOE-A-2025-578
Verificable en https://www.boe.es
Las Partes exhibirán las obras prestadas con todas las garantías habituales y
exigibles en los circuitos museísticos internacionales y cumplirán con los siguientes
requisitos: