Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-531)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión y en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 5163
Las preguntas contestadas erróneamente implicarán la siguiente penalización:
Cada respuesta errónea se penalizará con un cuarto de una respuesta correcta, de
manera que, a efectos de obtener la calificación en este ejercicio, el número de aciertos
vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula: N=A-(E/4)
Siendo N el número de aciertos netos a considerar a efectos de establecer la
calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y E el número de errores
obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos
efectos.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5
puntos para superarlo. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel
mínimo exigido para la obtención de dicha calificación.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos
directamente relacionados con el programa que figura como anexo II, parte específica.
La realización de los dos supuestos prácticos es obligatoria para poder superar el
ejercicio, así como no obtener una puntuación inferior a 1,5 puntos en cada uno de ellos.
En caso de que el Tribunal acuerde la realización de un examen tipo test, se aplicará
la misma penalización del primer ejercicio.
Cada uno de los supuestos prácticos se calificará de 0 a 5 puntos. El Tribunal queda
facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha
calificación. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos, una
vez sumadas las puntuaciones obtenidas en los dos supuestos prácticos, sin que sea
posible obtener cero puntos.
Tercer ejercicio: Consistirá en la exposición por escrito de dos temas
correspondientes al programa que figura en el anexo II, parte específica, elegidos por
cada persona aspirante de entre cuatro extraídos al azar. El tiempo para la realización
del ejercicio será de tres horas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5
puntos para superarlo.
Calificación Final
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en
la base 8.3.
ANEXO II
Temario Psicología. Escala de Gestión (Subgrupo A2)
I.
Temario general
1. Constitución Española de 1978: Título Preliminar (arts. 1-9). Título I: De los
derechos y deberes fundamentales (excluido el capítulo III) (arts. 10-38, 53-55). Título III:
Las Cortes Generales (arts. 66-96). Título IV: Del Gobierno y de la Administración
(arts. 97-107). Título VI: Del Poder Judicial (arts. 117-127).
2. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (excluido el
Título X).
3. Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla: Título Preliminar
(arts. 1-8). Título Primero: La estructura y el Gobierno de la Universidad Pablo de Olavide
(excluido el Capítulo I) (arts. 31 -83).
4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Título
Preliminar: Capítulo I. Disposiciones generales (arts. 1-4). Capítulo II: De los órganos de
cve: BOE-A-2025-531
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Núm. 11
Lunes 13 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 5163
Las preguntas contestadas erróneamente implicarán la siguiente penalización:
Cada respuesta errónea se penalizará con un cuarto de una respuesta correcta, de
manera que, a efectos de obtener la calificación en este ejercicio, el número de aciertos
vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula: N=A-(E/4)
Siendo N el número de aciertos netos a considerar a efectos de establecer la
calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y E el número de errores
obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos
efectos.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5
puntos para superarlo. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel
mínimo exigido para la obtención de dicha calificación.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos
directamente relacionados con el programa que figura como anexo II, parte específica.
La realización de los dos supuestos prácticos es obligatoria para poder superar el
ejercicio, así como no obtener una puntuación inferior a 1,5 puntos en cada uno de ellos.
En caso de que el Tribunal acuerde la realización de un examen tipo test, se aplicará
la misma penalización del primer ejercicio.
Cada uno de los supuestos prácticos se calificará de 0 a 5 puntos. El Tribunal queda
facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha
calificación. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos, una
vez sumadas las puntuaciones obtenidas en los dos supuestos prácticos, sin que sea
posible obtener cero puntos.
Tercer ejercicio: Consistirá en la exposición por escrito de dos temas
correspondientes al programa que figura en el anexo II, parte específica, elegidos por
cada persona aspirante de entre cuatro extraídos al azar. El tiempo para la realización
del ejercicio será de tres horas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5
puntos para superarlo.
Calificación Final
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en
la base 8.3.
ANEXO II
Temario Psicología. Escala de Gestión (Subgrupo A2)
I.
Temario general
1. Constitución Española de 1978: Título Preliminar (arts. 1-9). Título I: De los
derechos y deberes fundamentales (excluido el capítulo III) (arts. 10-38, 53-55). Título III:
Las Cortes Generales (arts. 66-96). Título IV: Del Gobierno y de la Administración
(arts. 97-107). Título VI: Del Poder Judicial (arts. 117-127).
2. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (excluido el
Título X).
3. Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla: Título Preliminar
(arts. 1-8). Título Primero: La estructura y el Gobierno de la Universidad Pablo de Olavide
(excluido el Capítulo I) (arts. 31 -83).
4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Título
Preliminar: Capítulo I. Disposiciones generales (arts. 1-4). Capítulo II: De los órganos de
cve: BOE-A-2025-531
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Núm. 11