Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-529)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de enero de 2025
10.
Sec. II.B. Pág. 5135
Prueba
10.1 En el concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos/as de
Universidad la sesión pública de cada candidato consistirá en exponer durante un tiempo
máximo de 90 minutos su currículum vitae y su proyecto investigador. Tras la exposición,
la Comisión debatirá con el candidato por un tiempo máximo de 90 minutos sobre el
proyecto docente, el proyecto investigador y el currículum vítae. Finalizada la prueba,
cada miembro de la citada Comisión entregará al Presidente o Presidenta un informe
motivado sobre cada candidato o candidata, ajustado a los criterios generales
establecidos por la Universidad de Málaga y concretados por la Comisión de Selección,
en el que valorará el historial académico, docente e investigador, y en su caso
asistencial-sanitario, los proyectos docente e investigador presentados, así como las
capacidades del candidato o candidata para la exposición y debate ante la Comisión
demostradas durante la prueba.
10.2 A la vista de los informes, la Comisión de Selección procederá a realizar una
valoración mediante votación en la que no será posible la abstención. No podrá
proponerse un número de concursantes superior al de las plazas convocadas. Para ser
propuesto, el concursante deberá contar con, al menos, tres votos favorables. En el caso
de que dos o más aspirantes puedan ser propuestos con el mismo número de votos
favorables, la Comisión de Selección establecerá la prelación de los mismos mediante
una segunda votación en la que cada miembro votará de manera excluyente por un solo
candidato o candidata entre aquellos que hubiesen empatado inicialmente. De acuerdo
con el artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, el Presidente o Presidenta dirimirá con su voto los empates.
10.3 La Comisión de Selección dispondrá de dos días naturales contados a partir
de la finalización del concurso para realizar la propuesta del candidato o candidata para
la provisión de la/s plaza/s, haciendo público, en el mismo lugar de celebración de las
pruebas, los resultados de la evaluación de cada aspirante en función de los criterios
reseñados en los apartados 7 y 8.4 de esta convocatoria.
11. Resolución del concurso y propuesta de provisión
11.1 Concluido el procedimiento selectivo, el Secretario o Secretaria de la Comisión
de Selección en el plazo máximo de siete días hábiles presentará a través de la Sede
Electrónica de la Universidad la documentación relativa al concurso, que contendrá:
a) Acta de constitución y establecimiento de los criterios específicos de evaluación.
b) Acta de presentación de candidatos o candidatas.
c) Acta de celebración de la prueba.
d) Informes razonados de cada miembro de la Comisión de Selección, que incluirá
su voto.
e) Acta de propuesta de provisión de la plaza en favor del concursante que haya
obtenido mayor número de votos favorables.
f) La documentación presentada por los aspirantes.
11.2 Celebrados los concursos, se harán públicos los resultados de la evaluación
de cada candidato o candidata, con una explicación motivada y desglosada por cada uno
de los aspectos evaluados. Las Comisiones de Selección que juzguen los concursos de
acceso propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de
todas las personas candidatas por orden de puntuación obtenida para su nombramiento
y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a
concurso.
11.3 El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de provisión de las
plazas adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones
oportunas que permitan el nombramiento del concursante seleccionado.
cve: BOE-A-2025-529
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 11
Lunes 13 de enero de 2025
10.
Sec. II.B. Pág. 5135
Prueba
10.1 En el concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos/as de
Universidad la sesión pública de cada candidato consistirá en exponer durante un tiempo
máximo de 90 minutos su currículum vitae y su proyecto investigador. Tras la exposición,
la Comisión debatirá con el candidato por un tiempo máximo de 90 minutos sobre el
proyecto docente, el proyecto investigador y el currículum vítae. Finalizada la prueba,
cada miembro de la citada Comisión entregará al Presidente o Presidenta un informe
motivado sobre cada candidato o candidata, ajustado a los criterios generales
establecidos por la Universidad de Málaga y concretados por la Comisión de Selección,
en el que valorará el historial académico, docente e investigador, y en su caso
asistencial-sanitario, los proyectos docente e investigador presentados, así como las
capacidades del candidato o candidata para la exposición y debate ante la Comisión
demostradas durante la prueba.
10.2 A la vista de los informes, la Comisión de Selección procederá a realizar una
valoración mediante votación en la que no será posible la abstención. No podrá
proponerse un número de concursantes superior al de las plazas convocadas. Para ser
propuesto, el concursante deberá contar con, al menos, tres votos favorables. En el caso
de que dos o más aspirantes puedan ser propuestos con el mismo número de votos
favorables, la Comisión de Selección establecerá la prelación de los mismos mediante
una segunda votación en la que cada miembro votará de manera excluyente por un solo
candidato o candidata entre aquellos que hubiesen empatado inicialmente. De acuerdo
con el artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, el Presidente o Presidenta dirimirá con su voto los empates.
10.3 La Comisión de Selección dispondrá de dos días naturales contados a partir
de la finalización del concurso para realizar la propuesta del candidato o candidata para
la provisión de la/s plaza/s, haciendo público, en el mismo lugar de celebración de las
pruebas, los resultados de la evaluación de cada aspirante en función de los criterios
reseñados en los apartados 7 y 8.4 de esta convocatoria.
11. Resolución del concurso y propuesta de provisión
11.1 Concluido el procedimiento selectivo, el Secretario o Secretaria de la Comisión
de Selección en el plazo máximo de siete días hábiles presentará a través de la Sede
Electrónica de la Universidad la documentación relativa al concurso, que contendrá:
a) Acta de constitución y establecimiento de los criterios específicos de evaluación.
b) Acta de presentación de candidatos o candidatas.
c) Acta de celebración de la prueba.
d) Informes razonados de cada miembro de la Comisión de Selección, que incluirá
su voto.
e) Acta de propuesta de provisión de la plaza en favor del concursante que haya
obtenido mayor número de votos favorables.
f) La documentación presentada por los aspirantes.
11.2 Celebrados los concursos, se harán públicos los resultados de la evaluación
de cada candidato o candidata, con una explicación motivada y desglosada por cada uno
de los aspectos evaluados. Las Comisiones de Selección que juzguen los concursos de
acceso propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de
todas las personas candidatas por orden de puntuación obtenida para su nombramiento
y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a
concurso.
11.3 El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de provisión de las
plazas adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones
oportunas que permitan el nombramiento del concursante seleccionado.
cve: BOE-A-2025-529
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Núm. 11