Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-492)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación y prórroga al Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña, por el que, en calidad de autoridad de certificación del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, encomienda a esta comunidad autónoma la gestión de determinadas funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Sábado 11 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
492
Resolución de 27 de diciembre de 2024, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación y
prórroga al Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña, por el que,
en calidad de autoridad de certificación del Fondo Europeo Marítimo y de la
Pesca, encomienda a esta comunidad autónoma la gestión de determinadas
funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la segunda adenda de modificación y prórroga al convenio de encomienda,
suscrito entre la Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Secretaria
General del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la
Administración de la Generalitat de Catalunya, para la gestión de determinadas
funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Segunda adenda de modificación y prórroga al convenio por el que el Fondo
Español de Garantía Agraria, O.A., en calidad de autoridad de certificación del
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), encomienda a la Comunidad
Autónoma de Cataluña para la gestión de determinadas funciones, en su condición
de organismo intermedio de certificación
Madrid, 27 de diciembre de 2024.
De una parte, doña María José Hernández Mendoza, Presidenta del Fondo Español
de Garantía Agraria, O.A. (FEGA), en virtud del Real Decreto 725/2022, de 30 de agosto,
por el que se dispone su nombramiento y actuando en nombre y representación de dicho
organismo en el ejercicio de la facultad para celebrar convenios que le confieren el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y el artículo 5.2 e) del Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el
Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
Y, de otra parte, doña Cristina Massot Berna, Secretaria General del Departamento
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Administración de la Generalitat
de Catalunya, cargo por el cual fue nombrado por Decreto 195/2024, de 27 de agosto
(DOGC n.º 9236, de 27 de agosto de 2024). Interviene en este acto en virtud de la
delegación de competencias efectuada por Resolución ACC/469/2022, de 24 de febrero,
de delegación de competencias del titular del Departamento de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentación, y autorizado para la firma de esta adenda al convenio mediante el
Acuerdo del Gobierno de fecha de 23 de diciembre de 2024.
cve: BOE-A-2025-492
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 10
Sábado 11 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
492
Resolución de 27 de diciembre de 2024, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación y
prórroga al Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña, por el que,
en calidad de autoridad de certificación del Fondo Europeo Marítimo y de la
Pesca, encomienda a esta comunidad autónoma la gestión de determinadas
funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la segunda adenda de modificación y prórroga al convenio de encomienda,
suscrito entre la Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Secretaria
General del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la
Administración de la Generalitat de Catalunya, para la gestión de determinadas
funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Segunda adenda de modificación y prórroga al convenio por el que el Fondo
Español de Garantía Agraria, O.A., en calidad de autoridad de certificación del
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), encomienda a la Comunidad
Autónoma de Cataluña para la gestión de determinadas funciones, en su condición
de organismo intermedio de certificación
Madrid, 27 de diciembre de 2024.
De una parte, doña María José Hernández Mendoza, Presidenta del Fondo Español
de Garantía Agraria, O.A. (FEGA), en virtud del Real Decreto 725/2022, de 30 de agosto,
por el que se dispone su nombramiento y actuando en nombre y representación de dicho
organismo en el ejercicio de la facultad para celebrar convenios que le confieren el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y el artículo 5.2 e) del Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el
Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
Y, de otra parte, doña Cristina Massot Berna, Secretaria General del Departamento
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Administración de la Generalitat
de Catalunya, cargo por el cual fue nombrado por Decreto 195/2024, de 27 de agosto
(DOGC n.º 9236, de 27 de agosto de 2024). Interviene en este acto en virtud de la
delegación de competencias efectuada por Resolución ACC/469/2022, de 24 de febrero,
de delegación de competencias del titular del Departamento de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentación, y autorizado para la firma de esta adenda al convenio mediante el
Acuerdo del Gobierno de fecha de 23 de diciembre de 2024.
cve: BOE-A-2025-492
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