Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-437)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja, para la puesta a disposición de documentación de valor científico en el marco del proyecto Dialnet Global.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8
Jueves 9 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 4693
Tercera. Compromisos económicos.
Del presente convenio no se derivan compromisos económicos ni financieros para
las Partes firmantes ni contraprestaciones económicas entre las mismas.
Cuarta.
Descarga de registros.
El INAEM podrá descargar de Dialnet registros bibliográficos de aquellos fondos que
disponga en sus colecciones con el único fin de incorporar esta información a sus
catálogos y repositorios institucionales.
Dichos registros se suministrarán mediante un servicio de descarga de ficheros a
través de los formatos: MARC; MARC-XML; BRS-Absys; BRS-Unicorn y Texto separado
por tabuladores. En el caso de otro tipo de formatos, se analizará conjuntamente la
posibilidad de descarga.
No se autorizan otros usos de la información descargada de Dialnet que no se
hubiesen indicado expresamente en los términos del presente convenio, en particular no
se autorizan los siguientes:
– No se podrá copiar, distribuir a terceros o hacer pública por cualquier otro medio
que no sean los catálogos y repositorios institucionales.
– No se utilizará con fines comerciales. En ningún caso se podrá vender, copiar o
usar a cambio de una contraprestación económica.
– No se utilizará para realizar estudios estadísticos, bibliométricos o de cualquier
otro tipo sin contar con la autorización previa de la Fundación Dialnet.
Quinta.
Promoción y difusión.
Las Partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de la
actividad objeto del convenio.
En toda la promoción y difusión de la actividad objeto del presente convenio habrá de
figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las Partes
hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados
logotipos a la Parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los
mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula primera
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de
la Unidad del INAEM las pruebas de los referidos materiales.
Sexta. Incorporación de nuevas instituciones al proyecto Dialnet.
La Fundación Dialnet podrá firmar con otras instituciones los convenios en el
proyecto Dialnet que estime oportunos para la mejora, difusión y enriquecimiento del
proyecto.
Información al ciudadano.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, este convenio se pondrá a disposición
de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Administración General del
Estado. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2014, de 11 de septiembre,
de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja, este convenio se pondrá a disposición
de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Fundación Dialnet.
Octava.
Protección de datos.
En el desarrollo del presente convenio se adoptarán las medidas requeridas por el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
cve: BOE-A-2025-437
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 8
Jueves 9 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 4693
Tercera. Compromisos económicos.
Del presente convenio no se derivan compromisos económicos ni financieros para
las Partes firmantes ni contraprestaciones económicas entre las mismas.
Cuarta.
Descarga de registros.
El INAEM podrá descargar de Dialnet registros bibliográficos de aquellos fondos que
disponga en sus colecciones con el único fin de incorporar esta información a sus
catálogos y repositorios institucionales.
Dichos registros se suministrarán mediante un servicio de descarga de ficheros a
través de los formatos: MARC; MARC-XML; BRS-Absys; BRS-Unicorn y Texto separado
por tabuladores. En el caso de otro tipo de formatos, se analizará conjuntamente la
posibilidad de descarga.
No se autorizan otros usos de la información descargada de Dialnet que no se
hubiesen indicado expresamente en los términos del presente convenio, en particular no
se autorizan los siguientes:
– No se podrá copiar, distribuir a terceros o hacer pública por cualquier otro medio
que no sean los catálogos y repositorios institucionales.
– No se utilizará con fines comerciales. En ningún caso se podrá vender, copiar o
usar a cambio de una contraprestación económica.
– No se utilizará para realizar estudios estadísticos, bibliométricos o de cualquier
otro tipo sin contar con la autorización previa de la Fundación Dialnet.
Quinta.
Promoción y difusión.
Las Partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de la
actividad objeto del convenio.
En toda la promoción y difusión de la actividad objeto del presente convenio habrá de
figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las Partes
hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados
logotipos a la Parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los
mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula primera
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de
la Unidad del INAEM las pruebas de los referidos materiales.
Sexta. Incorporación de nuevas instituciones al proyecto Dialnet.
La Fundación Dialnet podrá firmar con otras instituciones los convenios en el
proyecto Dialnet que estime oportunos para la mejora, difusión y enriquecimiento del
proyecto.
Información al ciudadano.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, este convenio se pondrá a disposición
de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Administración General del
Estado. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2014, de 11 de septiembre,
de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja, este convenio se pondrá a disposición
de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Fundación Dialnet.
Octava.
Protección de datos.
En el desarrollo del presente convenio se adoptarán las medidas requeridas por el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
cve: BOE-A-2025-437
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.