Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-410)
Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 4130
Seis. Se suprimen los artículos 14, 15 y 16.
Siete. El anexo I se sustituye por el anexo I de esta orden.
Ocho. Se suprime el anexo II.
Artículo segundo. Modificación de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por
la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de
obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que
pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación
del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se
aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el
Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal
simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y
retenedores.
El anexo de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el
modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio
de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas,
se determinan el lugar y forma de presentación del mismo y se modifica la Orden
EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración
censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios profesionales y
retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el
Censo de empresarios, profesionales y retenedores, se sustituye por el anexo II de esta
orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día 3 de febrero de 2025 y se aplicará por
primera vez a los modelos 030 y 036 que se presenten a partir de dicha fecha.
Madrid, 11 de diciembre de 2024.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
cve: BOE-A-2025-410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 8
Jueves 9 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 4130
Seis. Se suprimen los artículos 14, 15 y 16.
Siete. El anexo I se sustituye por el anexo I de esta orden.
Ocho. Se suprime el anexo II.
Artículo segundo. Modificación de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por
la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de
obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que
pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación
del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se
aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el
Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal
simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y
retenedores.
El anexo de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el
modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio
de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas,
se determinan el lugar y forma de presentación del mismo y se modifica la Orden
EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración
censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios profesionales y
retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el
Censo de empresarios, profesionales y retenedores, se sustituye por el anexo II de esta
orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día 3 de febrero de 2025 y se aplicará por
primera vez a los modelos 030 y 036 que se presenten a partir de dicha fecha.
Madrid, 11 de diciembre de 2024.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra
de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
cve: BOE-A-2025-410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 8