Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-411)
Orden ECM/1527/2024, de 23 de diciembre, por la que se crean y regulan la Junta de contratación y la Mesa única de contratación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8
Jueves 9 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 4159
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
411
Orden ECM/1527/2024, de 23 de diciembre, por la que se crean y regulan la
Junta de contratación y la Mesa única de contratación.
a) El primero relativo a los expedientes de contratación que pertenezcan
exclusivamente al ámbito de competencias del Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa y hubieran iniciado su tramitación por la Junta de contratación o con la
intervención de la Mesa de contratación permanente en el ámbito de las competencias
de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la Secretaría
de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales creada por la Orden ETD/379/2021,
de 19 de abril, con anterioridad a la constitución de los órganos colegiados creados por
esta orden, continuarán su tramitación por la Junta de contratación o con la intervención
de la Mesa permanente de contratación, reguladas en esta orden.
cve: BOE-A-2025-411
Verificable en https://www.boe.es
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y suprimió
el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Posteriormente, el Real
Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó el
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. A continuación, se aprobó el
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Su disposición transitoria segunda
establece el régimen de aplicación a la contratación pública en el ámbito del Ministerio de
Economía, Comercio y Empresa y, temporalmente, del Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública.
Los cambios organizativos señalados determinan la necesidad de crear y regular los
órganos colegiados en materia de contratación del nuevo Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, adaptados a la estructura y competencias del mismo, derogando la
hasta ahora vigente Orden ETD/379/2021, de 19 de abril, por la que se crean y regulan
la Junta de contratación del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y
las Mesas de Contratación de la Subsecretaría, de la Secretaría de Estado de Economía
y Apoyo a la Empresa, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales, y de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial.
La presente orden crea y regula la Junta de contratación del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, de acuerdo con la habilitación legal establecida en el artículo 323
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en los artículos 5 y 7 del
Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado
por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y en el artículo 22 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, y para mayor rapidez y eficacia en la tramitación de los expedientes se
crea y regula una Mesa única de contratación que, con carácter permanente, asistirá a
los órganos de contratación de los servicios centrales del Departamento, de acuerdo con
la previsión del artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre y de los artículos 21
y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Esta orden ministerial establece asimismo los siguientes cuatro regímenes transitorios:
Núm. 8
Jueves 9 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 4159
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
411
Orden ECM/1527/2024, de 23 de diciembre, por la que se crean y regulan la
Junta de contratación y la Mesa única de contratación.
a) El primero relativo a los expedientes de contratación que pertenezcan
exclusivamente al ámbito de competencias del Ministerio de Economía, Comercio y
Empresa y hubieran iniciado su tramitación por la Junta de contratación o con la
intervención de la Mesa de contratación permanente en el ámbito de las competencias
de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la Secretaría
de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales creada por la Orden ETD/379/2021,
de 19 de abril, con anterioridad a la constitución de los órganos colegiados creados por
esta orden, continuarán su tramitación por la Junta de contratación o con la intervención
de la Mesa permanente de contratación, reguladas en esta orden.
cve: BOE-A-2025-411
Verificable en https://www.boe.es
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y suprimió
el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Posteriormente, el Real
Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó el
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. A continuación, se aprobó el
Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Su disposición transitoria segunda
establece el régimen de aplicación a la contratación pública en el ámbito del Ministerio de
Economía, Comercio y Empresa y, temporalmente, del Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública.
Los cambios organizativos señalados determinan la necesidad de crear y regular los
órganos colegiados en materia de contratación del nuevo Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, adaptados a la estructura y competencias del mismo, derogando la
hasta ahora vigente Orden ETD/379/2021, de 19 de abril, por la que se crean y regulan
la Junta de contratación del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y
las Mesas de Contratación de la Subsecretaría, de la Secretaría de Estado de Economía
y Apoyo a la Empresa, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales, y de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial.
La presente orden crea y regula la Junta de contratación del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, de acuerdo con la habilitación legal establecida en el artículo 323
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en los artículos 5 y 7 del
Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado
por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y en el artículo 22 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, y para mayor rapidez y eficacia en la tramitación de los expedientes se
crea y regula una Mesa única de contratación que, con carácter permanente, asistirá a
los órganos de contratación de los servicios centrales del Departamento, de acuerdo con
la previsión del artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre y de los artículos 21
y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Esta orden ministerial establece asimismo los siguientes cuatro regímenes transitorios: