Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-389)
Resolución de 15 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la cooperación educativa y la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Miércoles 8 de enero de 2025
Decimosexta.

Sec. III. Pág. 3988

Causas de resolución.

1. Serán causas de extinción de este convenio el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto o la concurrencia de causas de resolución, siendo éstas las
señaladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. Los efectos del cumplimiento y la resolución del convenio se regirán por lo
previsto en el artículo 52 de la citada ley, en lo que resulte de aplicación al convenio que
nos ocupa.
3. Asimismo, el convenio se podrá resolver por denuncia expresa de cualquiera de
las Partes, en cualquier momento, con un preaviso de tres meses de antelación a la
fecha en la que se pretenda que la referida finalización surta efectos, cumpliendo con las
obligaciones adquiridas durante dichos tres meses.
4. En caso de finalización anticipada del convenio, si existen actuaciones en curso
de ejecución, las Partes podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones
citadas que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su
finalización.
5. El presente convenio, también podrá resolverse por imposibilidad sobrevenida de
cumplir la finalidad para la que fue suscrito.
Decimoséptima.
personal.

Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio electrónicamente, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea, la Directora de la Agencia, Montserrat Mestres Domènech.–
Por la Universidad Politécnica de Madrid, el Vicerrector de Estudiantes y E.U., Miguel
Ángel Gómez Tierno.

cve: BOE-A-2025-389
Verificable en https://www.boe.es

1. El régimen de protección de datos de carácter personal en las actuaciones que
se desarrollen en ejecución del presente convenio será el previsto por el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, y
demás normativa de aplicación en materia de protección de datos.
2. Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
3. Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como
consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de
confidencial, sin perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser
divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este
documento sin el acuerdo unánime de las partes.
4. La obligación de confidencialidad para las partes, que estará supeditada a los
postulados de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, se extenderá indefinidamente, aunque el convenio
se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o,
en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio
público.