Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2025-368)
Orden PJC/1525/2024, de 10 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7
Miércoles 8 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 3821
debidamente justificada ante el Tribunal, se podrá proceder a la lectura del ejercicio por
parte únicamente de la propia persona aspirante en una sesión posterior.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
Finalizada cada sesión de lectura, en deliberación a puerta cerrada, el Tribunal
decidirá por mayoría de votos emitidos, siendo de calidad el del presidente, el aprobado
o suspenso de cada opositor examinado, sin que pueda entrarse a deliberar sobre la
exposición de aquellos opositores que hubieran dejado sin desarrollar en absoluto
alguno de los temas.
El número máximo de puntos que podrá conceder cada miembro del Tribunal a los
opositores aprobados será de diez puntos por cada uno de los temas desarrollados. Las
puntuaciones serán sumadas, sin incluir ni la más alta ni la más baja, dividiéndose el
total que resulte, hecha esta deducción, por el número de vocales asistentes cuya
calificación se hubiere computado. La cifra del cociente constituirá la calificación cuyo
máximo posible para los tres temas es de treinta puntos, siendo necesario un mínimo
de 15 puntos para superar este ejercicio.
El Tribunal hará pública la calificación de los aspirantes aprobados en cada sesión.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
1.4 Los opositores que no alcancen la puntuación mínima exigida para aprobar en
cada ejercicio no pasarán al siguiente.
La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la
suma de las puntuaciones de los tres ejercicios.
Finalizados los tres ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública las listas de
aprobados, que incluirá, ordenados de mayor a menor puntuación total acumulada de los
tres ejercicios, a los opositores que hayan aprobado todos y cada uno de los ejercicios.
I-B
Fase de oposición. Promoción interna
1. Los ejercicios se realizarán sobre la parte específica del programa. La fase de
oposición estará formada por los mismos ejercicios que los establecidos para el turno
libre a excepción del primero, por lo que serán convocados directamente al segundo,
aplicándoseles para éste y el tercer ejercicio los criterios descritos en los apartados
anteriores.
La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la
suma de las puntuaciones de los ejercicios que hayan realizado.
Finalizados los dos ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública las listas de
aprobados, que incluirá, ordenados de mayor a menor puntuación total acumulada de los
dos ejercicios, a los opositores que hayan aprobado cada uno de los mismos.
En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten las personas opositoras
que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, según el baremo
establecido en este anexo.
La puntuación máxima en la fase de méritos será de 75 puntos. La persona aspirante
que no aporte méritos o éstos no sean evaluables de acuerdo con el referido baremo,
será calificado con cero puntos en esta fase. Se valorarán los méritos causados hasta el
día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
La acreditación del tiempo de servicios prestados como personal funcionario en la
Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, se aportará de oficio por el órgano competente.
cve: BOE-A-2025-368
Verificable en https://www.boe.es
I-C Fase de concurso. Promoción interna
Núm. 7
Miércoles 8 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 3821
debidamente justificada ante el Tribunal, se podrá proceder a la lectura del ejercicio por
parte únicamente de la propia persona aspirante en una sesión posterior.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
Finalizada cada sesión de lectura, en deliberación a puerta cerrada, el Tribunal
decidirá por mayoría de votos emitidos, siendo de calidad el del presidente, el aprobado
o suspenso de cada opositor examinado, sin que pueda entrarse a deliberar sobre la
exposición de aquellos opositores que hubieran dejado sin desarrollar en absoluto
alguno de los temas.
El número máximo de puntos que podrá conceder cada miembro del Tribunal a los
opositores aprobados será de diez puntos por cada uno de los temas desarrollados. Las
puntuaciones serán sumadas, sin incluir ni la más alta ni la más baja, dividiéndose el
total que resulte, hecha esta deducción, por el número de vocales asistentes cuya
calificación se hubiere computado. La cifra del cociente constituirá la calificación cuyo
máximo posible para los tres temas es de treinta puntos, siendo necesario un mínimo
de 15 puntos para superar este ejercicio.
El Tribunal hará pública la calificación de los aspirantes aprobados en cada sesión.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
1.4 Los opositores que no alcancen la puntuación mínima exigida para aprobar en
cada ejercicio no pasarán al siguiente.
La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la
suma de las puntuaciones de los tres ejercicios.
Finalizados los tres ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública las listas de
aprobados, que incluirá, ordenados de mayor a menor puntuación total acumulada de los
tres ejercicios, a los opositores que hayan aprobado todos y cada uno de los ejercicios.
I-B
Fase de oposición. Promoción interna
1. Los ejercicios se realizarán sobre la parte específica del programa. La fase de
oposición estará formada por los mismos ejercicios que los establecidos para el turno
libre a excepción del primero, por lo que serán convocados directamente al segundo,
aplicándoseles para éste y el tercer ejercicio los criterios descritos en los apartados
anteriores.
La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la
suma de las puntuaciones de los ejercicios que hayan realizado.
Finalizados los dos ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública las listas de
aprobados, que incluirá, ordenados de mayor a menor puntuación total acumulada de los
dos ejercicios, a los opositores que hayan aprobado cada uno de los mismos.
En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten las personas opositoras
que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, según el baremo
establecido en este anexo.
La puntuación máxima en la fase de méritos será de 75 puntos. La persona aspirante
que no aporte méritos o éstos no sean evaluables de acuerdo con el referido baremo,
será calificado con cero puntos en esta fase. Se valorarán los méritos causados hasta el
día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
La acreditación del tiempo de servicios prestados como personal funcionario en la
Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, se aportará de oficio por el órgano competente.
cve: BOE-A-2025-368
Verificable en https://www.boe.es
I-C Fase de concurso. Promoción interna