Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Vigilantes de seguridad. (BOE-A-2025-340)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Martes 7 de enero de 2025
b)

Sec. III. Pág. 3723

Segunda prueba (de conocimientos teórico-prácticos).

Consistirá en la contestación por escrito a dos cuestionarios de preguntas:
– Primer cuestionario: consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos,
a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas
de las que solo una es verdadera, ajustadas al programa que se acompaña como
anexo III. En la corrección se utilizará la fórmula: [A – E / (n-1)]*10/P siendo «A» el
número de aciertos, «E» el de errores, «n» número de alternativas de respuesta y «P» el
número total de preguntas.
Esta prueba se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo
de cinco puntos para aprobar.
– Segundo cuestionario: realizarán una prueba de conocimientos teórico-prácticos,
debiendo contestar, en quince minutos, un cuestionario de veinticinco preguntas, con un
enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, ajustadas
al programa que se acompaña como anexo IV. En la corrección se utilizará la fórmula:
[A – E / (n-1)]*10/P siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores, «n» número de
alternativas de respuesta y «P» el número total de preguntas.
Cada uno de estos cuestionarios tendrá carácter eliminatorio, debiendo superar, en
su caso, el primer cuestionario para que sea calificado el segundo. Estas pruebas de
conocimientos teórico-prácticos, se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario
alcanzar un mínimo de cinco puntos en cada una de ellas para aprobar.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de dos días naturales, contados a
partir del día siguiente al de realización de estas pruebas, para impugnar cualquiera de
las preguntas integrantes de los distintos cuestionarios de conocimientos, a través de los
correos electrónicos: secretariaprocesos.dfp@policia.es, sprivadaprocesos.dfp@policia.es.
Corrección de la/s hoja/s de respuestas normalizadas.

Los resultados obtenidos en las pruebas de conocimiento en las que se utilicen hojas
de respuestas normalizadas, se corresponderán con la lectura automatizada que se
realizará con una lectora óptica de datos aplicada a la/s hoja/s de respuesta de cada
persona aspirante.
Para cumplimentar los datos y responder a las pruebas, la persona aspirante deberá
rellenar el círculo correspondiente, con bolígrafo azul o negro, tal y como se indicará
tanto en la lectura de las instrucciones como en las indicaciones que figuran en el
reverso de la propia hoja de respuestas normalizada.
Igualmente, si se contravienen las instrucciones que se impartan durante el
desarrollo de las pruebas, las personas aspirantes manipulan la hoja de respuestas
normalizada, de manera que se deteriore o impida su correcta lectura por la lectora
óptica de datos, será puesto en conocimiento del tribunal y en el caso de que dicha
manipulación no permita evaluar de forma automatizada la prueba correspondiente se
propondrá la anulación de las actuaciones.
La posibilidad de no concordancia entre los datos que le constarán a la persona
aspirante en la hoja autocopiativa de su examen (copia amarilla), y los resultados que se
publicarán por acuerdo del Tribunal Calificador, serán consecuencia de no haber
cumplimentado de manera correcta, y conforme a las instrucciones impartidas, la referida
hoja de respuestas.
5.3

Acuerdo del Tribunal Calificador.

Finalizadas las pruebas de aptitud, en cada una de las convocatorias a que se refiere
el punto 2.1, se hará público el acuerdo del Tribunal Calificador con la relación de
personas participantes que las hayan superado. Las personas interesadas podrán
obtener esta información en los teléfonos y lugares señalados en la base 3.4.

cve: BOE-A-2025-340
Verificable en https://www.boe.es

5.2