Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Vigilantes de seguridad. (BOE-A-2025-340)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Martes 7 de enero de 2025
4.2
Sec. III. Pág. 3721
Llamamiento.
Las personas participantes serán convocadas a cada prueba en un único
llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea
cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
Conforme a su petición de inscripción, publicada la lista de admitidos/as, no se
permitirá, en ningún caso, cambios de sede de examen ni de fecha de realización de las
pruebas.
4.3
Identificación de las personas participantes.
Las personas participantes deberán comparecer a las diferentes pruebas provistos
del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, Permiso de Conducción, los/as
ciudadanos/as españoles/as; y de la Tarjeta o Autorización de Residencia o de identidad
en vigor, o en su defecto, del Pasaporte, que cumplan con los requisitos generales
exigidos en el punto 1.2.b) de las bases de esta convocatoria, y en cualquier caso
deberán estar en posesión del Número de Identidad de Extranjero (NIE), los
ciudadanos/as extranjeros/as. La presentación de estos documentos podrá ser exigida
por el tribunal durante el desarrollo de las pruebas y la no presentación de los mismos
llevará aparejada la no admisión a su realización y la exclusión del proceso. El
documento que acredite la identidad deberá presentarse en soporte físico original, no
estando permitida su presentación o exhibición mediante dispositivos electrónicos.
4.4
Orden de actuación.
El orden de actuación ante el tribunal, cuando a ello haya lugar, será alfabético,
comenzando por la letra «V», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública, de 25 de julio de 2024 (BOE núm. 184, de 31
de julio de 2024), por la que se aprueba el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado.
5.
5.1
Pruebas de aptitud
Descripción de las pruebas:
5.1.1
Vigilante de Seguridad.
Las personas convocadas a examen para vigilante de seguridad realizarán las
siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primera prueba (de aptitud física).
Consistirá en la realización de todos los ejercicios que se describen en el anexo II,
debiendo igualar o superar las marcas e igualar o reducir los tiempos establecidos en el
mismo, teniendo en cuenta que la no superación de algún ejercicio supondrá su
eliminación. La calificación de esta prueba será de «Apto/a» o «No apto/a».
Para la realización de la prueba, las personas aspirantes deberán presentarse
provistos de atuendo deportivo, y entregar al tribunal un certificado médico en soporte
físico original, que cumpla con los requisitos que establecen los Colegios Oficiales de
Médicos, expedido dentro del período de tiempo comprendido entre la fecha de
comienzo del plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y
el día de realización de las citadas pruebas de aptitud física, en el que se haga constar
que la persona aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas
pruebas deportivas para vigilante de seguridad. La no presentación de dicho certificado
supondrá la exclusión de la persona aspirante del proceso selectivo.
Por razones de seguridad, en los ejercicios físicos que se realicen tanto en
polideportivo cubierto como en pista al aire libre no se permitirá el acceso al público.
cve: BOE-A-2025-340
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 6
Martes 7 de enero de 2025
4.2
Sec. III. Pág. 3721
Llamamiento.
Las personas participantes serán convocadas a cada prueba en un único
llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, sea
cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
Conforme a su petición de inscripción, publicada la lista de admitidos/as, no se
permitirá, en ningún caso, cambios de sede de examen ni de fecha de realización de las
pruebas.
4.3
Identificación de las personas participantes.
Las personas participantes deberán comparecer a las diferentes pruebas provistos
del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, Permiso de Conducción, los/as
ciudadanos/as españoles/as; y de la Tarjeta o Autorización de Residencia o de identidad
en vigor, o en su defecto, del Pasaporte, que cumplan con los requisitos generales
exigidos en el punto 1.2.b) de las bases de esta convocatoria, y en cualquier caso
deberán estar en posesión del Número de Identidad de Extranjero (NIE), los
ciudadanos/as extranjeros/as. La presentación de estos documentos podrá ser exigida
por el tribunal durante el desarrollo de las pruebas y la no presentación de los mismos
llevará aparejada la no admisión a su realización y la exclusión del proceso. El
documento que acredite la identidad deberá presentarse en soporte físico original, no
estando permitida su presentación o exhibición mediante dispositivos electrónicos.
4.4
Orden de actuación.
El orden de actuación ante el tribunal, cuando a ello haya lugar, será alfabético,
comenzando por la letra «V», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública, de 25 de julio de 2024 (BOE núm. 184, de 31
de julio de 2024), por la que se aprueba el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado.
5.
5.1
Pruebas de aptitud
Descripción de las pruebas:
5.1.1
Vigilante de Seguridad.
Las personas convocadas a examen para vigilante de seguridad realizarán las
siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primera prueba (de aptitud física).
Consistirá en la realización de todos los ejercicios que se describen en el anexo II,
debiendo igualar o superar las marcas e igualar o reducir los tiempos establecidos en el
mismo, teniendo en cuenta que la no superación de algún ejercicio supondrá su
eliminación. La calificación de esta prueba será de «Apto/a» o «No apto/a».
Para la realización de la prueba, las personas aspirantes deberán presentarse
provistos de atuendo deportivo, y entregar al tribunal un certificado médico en soporte
físico original, que cumpla con los requisitos que establecen los Colegios Oficiales de
Médicos, expedido dentro del período de tiempo comprendido entre la fecha de
comienzo del plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y
el día de realización de las citadas pruebas de aptitud física, en el que se haga constar
que la persona aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas
pruebas deportivas para vigilante de seguridad. La no presentación de dicho certificado
supondrá la exclusión de la persona aspirante del proceso selectivo.
Por razones de seguridad, en los ejercicios físicos que se realicen tanto en
polideportivo cubierto como en pista al aire libre no se permitirá el acceso al público.
cve: BOE-A-2025-340
Verificable en https://www.boe.es
a)