Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Vigilantes de seguridad. (BOE-A-2025-340)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado, para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Martes 7 de enero de 2025
7.6

Sec. III. Pág. 3728

Asistencias y retribuciones.

Las personas integrantes del tribunal y asesores/as tendrán derecho al cobro de las
asistencias de la categoría tercera, según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y el personal colaborador
al percibo de las retribuciones que pudiera corresponderles.
8.

Superación de las pruebas

Por resolución de esta Secretaría de Estado de Seguridad se hará pública la relación
de personas aspirantes que, habiendo superado las pruebas, son declaradas aptas y se
encuentran cualificadas para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa
expedición de la Tarjeta de Identidad Profesional, que deberán solicitar antes de tres
meses. Transcurrido este plazo, deberán acreditar nuevamente los requisitos b) y d) de
la base 6.1, en sus apartados A) o C) respectivamente, y, en todo caso, transcurridos dos
años sin solicitar la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), deberán superar nuevas
pruebas en el expediente que se instruya a instancia de las propias personas
interesadas o, en su caso, la habilitación múltiple a que se refiere el artículo 62 del
Reglamento de Seguridad Privada.
Las personas interesadas podrán conocer el contenido de dicha resolución en los
lugares y teléfonos que se citan en la base 3.4 de esta convocatoria.
9.

Norma final

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de
Seguridad en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el artículo 123 y
concordantes de esta ley; o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo de la Audiencia Nacional, según lo establecido en los artículos 11.1.a)
y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de
esta misma ley.
ANEXO II
Pruebas de aptitud física para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante
de explosivos y escoltas privados
Descripción de las pruebas
1.
1.1

Potencia tren superior

Flexión de brazos en suspensión pura (hombres).

a) Posición de partida: suspendido de la barra con palmas al frente y total extensión
de brazos, cuerpo extendido y totalmente estático, perpendicular al plano del suelo. La
anchura del agarre será siempre ligeramente superior a la anchura de los hombros del
opositor.
b) Ejecución: flexión de brazos, evitando el balanceo del cuerpo y/o ayudarse con
movimientos de piernas. Se considera una flexión válida cuando la barbilla supere la
parte superior de la barra, partiendo siempre de la posición de suspensión pura.

cve: BOE-A-2025-340
Verificable en https://www.boe.es

Lugar: gimnasio o campo de deportes. Material: barra fija.
Explicación del ejercicio: