Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-341)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Convenio con Cartagena Alta Velocidad, en relación con el Proyecto para la integración del ferrocarril y la llegada de la alta velocidad a la ciudad de Cartagena. Plataforma y Estación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Martes 7 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 3743

La Comisión de Seguimiento del convenio, cuya creación está prevista en la cláusula
sexta del presente convenio, concretará, en función del desarrollo temporal de la
ejecución de las actuaciones recogidas, la distribución anual de las aportaciones de los
importes del compromiso económico que asumen las partes firmantes, siempre que
dicha distribución de anualidades no suponga un incremento económico de los importes
recogidos en el convenio, ni un incremento del plazo de su vigencia, en cuyo caso habrá
que tramitar una adenda modificativa del presente convenio.
Tercera. Plazo de ejecución de las actuaciones.
El plazo para la ejecución de las actuaciones será de cuatro (4) años a partir de que
el presente convenio adquiera eficacia, conforme a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

A.

Obligaciones de las partes.
Obligaciones de la sociedad.

La Sociedad licitará la redacción del Proyecto para la integración del ferrocarril y la
llegada de la Alta Velocidad a la ciudad de Cartagena. Plataforma y Estación, en el
marco de los términos y condiciones establecidos en la cláusula Segunda.
En cualquier caso, los contratos a celebrar por la Sociedad se sujetarán a las
estipulaciones y condiciones establecidas en los respectivos Pliegos de Cláusulas
Administrativas Particulares que hayan servido de base para su licitación y adjudicación.
En los pliegos relativos a los contratos de redacción de proyectos se incluirán hitos
de entrega de documentación que requerirán la revisión y aprobación por ADIF-Alta
Velocidad.
La Sociedad abonará a ADIF-Alta Velocidad el coste que le corresponda por la
dirección de la redacción del anteproyecto, los proyectos básicos y constructivos, así
como todos los documentos necesarios (documentos previos, cartografía, documentos
para la tramitación del proyecto, campaña geotécnica, estudio de contaminación de
suelos, etc.), para el desarrollo del Proyecto para la integración del ferrocarril y la llegada
de la Alta Velocidad a la ciudad de Cartagena. Plataforma y Estación, en el marco de los
términos y condiciones establecidos en la cláusula SEGUNDA.
Asimismo, la Sociedad informará puntual y periódicamente a ADIF-Alta Velocidad de
la marcha de los trabajos en sus distintas fases de ejecución y de sus modificaciones, en
el seno de la Comisión de Seguimiento.
Cuando para la realización de los trabajos objeto del presente convenio, ADIF-Alta
Velocidad haya celebrado uno o varios contratos con terceros, éstos podrán ser
facturados a la Sociedad bien directamente por los adjudicatarios o bien por ADIF-Alta
Velocidad, y la Sociedad deberá abonarlos dentro de los plazos establecidos en la
Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre,
comenzando los mismos desde la fecha de presentación en la Sociedad de la factura
correspondiente, informe justificativo y, en su caso, de la certificación expedida por el
Director del correspondiente contrato de ADIF-Alta Velocidad.
La demora en el cumplimiento de la obligación de pago con ADIF-Alta Velocidad
generará intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos
previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
Previo a la firma de este convenio, la Sociedad emitirá el certificado de fondos
correspondiente para la ejecución de estos trabajos.
B.

Obligaciones de ADIF-Alta Velocidad.

ADIF-Alta Velocidad abonará o asumirá el coste que le corresponda por la dirección
de la redacción del anteproyecto, los proyectos básicos y constructivos, así como todos
los documentos necesarios (documentos previos, cartografía, documentos para la
tramitación del proyecto, campaña geotécnica, estudio de contaminación de suelos, etc.),

cve: BOE-A-2025-341
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.