Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-274)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para la realización del Máster Oficial en Gestión Portuaria y Logística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Lunes 6 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 3361

Por ello consideran que la forma de colaboración entre las partes debe ser el
convenio, de los previstos en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de diciembre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer los términos de la cooperación entre la
Universidad de Cádiz y la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz para el desarrollo del
Programa de máster universitario en Gestión Portuaria y Logística.
Segunda.

Actuaciones y obligaciones de la Universidad.

La Universidad de Cádiz a través del Máster en Gestión Portuaria y Logística y su
coordinadora que ejecutará materialmente el convenio, realizará las siguientes
actuaciones para el logro del objetivo recogido en la cláusula primera:
1. Organización de seminarios y conferencias impartidas por profesionales del
sector marítimo-portuario. Organización de seminarios y conferencias impartidas por
profesionales del sector de la logística y el transporte.
2. Organización de visitas de estudios al Puerto de la Bahía de Cádiz.
3. Facilitar a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, los datos de los alumnos
que van a realizar prácticas en sus instalaciones.
Para ello, la Universidad de Cádiz pone a su disposición las aulas, materiales y
medios técnicos necesarios para la impartición de estos seminarios y conferencias.
Además, se encargará de organizar con la Autoridad Portuaria de Cádiz la visita a sus
instalaciones.
Asimismo, la Universidad de Cádiz deberá cumplir con el pago de las obligaciones de
afiliación y cotización del alumno en prácticas curriculares en el Régimen General de la
seguridad social establecidas en la legislación vigente.
La realización de las actividades no supone ningún compromiso económico para la
Universidad de Cádiz, excepto los gastos generados en el uso de sus instalaciones,
materiales y medios personales de la propia universidad.
La ejecución de estas actividades y funciones serán vigiladas y controladas por la
Comisión Mixta de seguimiento, descrita en la cláusula quinta de este convenio.
Tercera.

Actuaciones y obligaciones de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz.

1. Contribuir a las actuaciones marcadas en la segunda cláusula del presente
convenio con la aportación de 3.000 € (tres mil euros) anuales. Este importe se empleará
en la retribución a los profesionales que impartirán los seminarios y en la contratación de
un autobús para realizar la visita a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz.
2. Recibir alumnos en prácticas, por período de tres meses (300 horas), con un
total de dos estudiantes por cada curso académico. Asimismo, y conforme lo dispuesto
por el apartado 4.b) de la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, relativa a la inclusión en el sistema de Seguridad Social
de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas
en programas de formación, añadida por el artículo único 34 del Real Decretoley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los
pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo
marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, las partes acuerdan

cve: BOE-A-2025-274
Verificable en https://www.boe.es

La Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz realizará las siguientes actuaciones para
el logro del objetivo recogido en la cláusula primera: