Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-280)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Lugo, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de una senda en el río Miño en el término municipal de Lugo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 3408
La puesta a disposición de los terrenos se materializará mediante certificado de la
persona titular de la Secretaría Municipal.
En todo caso deberá identificarse la parcela disponible mediante su referencia
catastral.
Undécima.
Comisión de seguimiento.
Para el desarrollo de esta colaboración y hasta el momento de la entrega de las
actuaciones, se establece una Comisión Mixta que estará compuesta por dos
representantes de cada parte que se reunirán cuantas veces sea necesario, a petición
de cualquiera de las partes.
Por parte de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, los representantes serán el
Consejero Técnico de presidencia y el Secretario General o personas en quien deleguen.
Por el Ayuntamiento de Lugo, los representantes serán la Alcaldesa y el Técnico de
Gestión Ambiental o personas en quien deleguen.
Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente
convenio, intentando solventar las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución; le
corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación
de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta.
Duodécima.
Orden jurisdiccional competente.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo
VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Sin perjuicio de las funciones que se atribuyen a la Comisión de Seguimiento en la
cláusula anterior, las cuestiones litigiosas que puedan plantearse respecto a la
aplicación, interpretación y cumplimiento de su contenido serán competencia del Orden
Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Decimotercera.
Publicidad.
Este convenio será objeto de publicación de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, y en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. En este sentido, las partes prestan expresamente su
consentimiento para que se le dé al presente convenio la publicidad exigida.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, los comparecientes firman por triplicado
ejemplar y a un solo efecto el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, José
Antonio Quiroga Díaz.–Por el Ayuntamiento de Lugo, la Alcaldesa, Paula Alvarellos Fondo.
ANEXO
Anualidades previstas
Administración
CHMS, O.A.
Total
https://www.boe.es
2025
–
Euros
cve: BOE-A-2025-280
Verificable en https://www.boe.es
Costes
Total
–
Euros
196.000 196.000
196.000 196.000
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 3408
La puesta a disposición de los terrenos se materializará mediante certificado de la
persona titular de la Secretaría Municipal.
En todo caso deberá identificarse la parcela disponible mediante su referencia
catastral.
Undécima.
Comisión de seguimiento.
Para el desarrollo de esta colaboración y hasta el momento de la entrega de las
actuaciones, se establece una Comisión Mixta que estará compuesta por dos
representantes de cada parte que se reunirán cuantas veces sea necesario, a petición
de cualquiera de las partes.
Por parte de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, los representantes serán el
Consejero Técnico de presidencia y el Secretario General o personas en quien deleguen.
Por el Ayuntamiento de Lugo, los representantes serán la Alcaldesa y el Técnico de
Gestión Ambiental o personas en quien deleguen.
Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente
convenio, intentando solventar las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución; le
corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como la aprobación
de los reajustes de anualidades conforme a lo establecido en la cláusula quinta.
Duodécima.
Orden jurisdiccional competente.
Este convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo
VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Sin perjuicio de las funciones que se atribuyen a la Comisión de Seguimiento en la
cláusula anterior, las cuestiones litigiosas que puedan plantearse respecto a la
aplicación, interpretación y cumplimiento de su contenido serán competencia del Orden
Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Decimotercera.
Publicidad.
Este convenio será objeto de publicación de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, y en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. En este sentido, las partes prestan expresamente su
consentimiento para que se le dé al presente convenio la publicidad exigida.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, los comparecientes firman por triplicado
ejemplar y a un solo efecto el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, OA, José
Antonio Quiroga Díaz.–Por el Ayuntamiento de Lugo, la Alcaldesa, Paula Alvarellos Fondo.
ANEXO
Anualidades previstas
Administración
CHMS, O.A.
Total
https://www.boe.es
2025
–
Euros
cve: BOE-A-2025-280
Verificable en https://www.boe.es
Costes
Total
–
Euros
196.000 196.000
196.000 196.000
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X