Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-229)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Iberdrola España, para el desarrollo del programa de becas Fundación Iberdrola España-Museo del Prado, en el taller de Restauración y Servicio de Documentación Técnica del museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2980
VII. Que la Fundación, dado el interés general del programa de becas referido en el
Expositivo anterior, desea colaborar en su desarrollo y a tal efecto ambas Partes han
convenido suscribir el presente convenio (en adelante, el «Convenio») que se regirá
conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones de la
ayuda de la Fundación en la materialización por parte del Museo de un programa de tres
becas de 24 meses consecutivos de duración, para la formación e investigación en el
taller de Restauración del Museo del Prado y en el Servicio de Documentación Técnica
del Museo del Prado.
Las citadas becas se convocarán conforme a lo descrito en la cláusula tercera de
este convenio, y tendrán una duración de veinticuatro meses consecutivos a contar
desde la fecha de su inicio que tendrá lugar durante la segunda mitad del año 2025 (en
adelante, las «Becas» o «Becas Nacionales Fundación Iberdrola España–Museo del
Prado de Formación e Investigación en Restauración»).
Segunda.
Naturaleza.
Las Partes declaran que el presente es un convenio de colaboración empresarial en
actividades de interés general que tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 25
de la Ley 49/2002.
A todos los efectos, la difusión de la participación de la Fundación Iberdrola España
en el Proyecto no constituirá una prestación de servicios, sin que, en ningún caso, deba
considerarse persigue los fines del contrato de patrocinio publicitario regulado en el
artículo 22 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Tercera. Obligaciones del Museo.
El Museo será responsable de la elaboración de las bases de la convocatoria de las
Becas Nacionales Fundación Iberdrola España–Museo del Prado incluyendo los
siguientes aspectos:
–
–
–
–
–
–
Especialidad de las becas.
Requisitos generales y específicos de los solicitantes.
Documentación a presentar para su valoración.
Criterios de valoración y proceso de selección.
Desarrollo de los proyectos de formación.
Terminación, suspensión y revocación de las becas.
– Solución de dudas y consultas que se puedan plantear durante la convocatoria
designando una dirección de correo electrónico. Estos datos serán publicados en las
bases de la convocatoria y en la página Web del Museo.
– Proceso de valoración de candidaturas a través de la creación de una Comisión de
Estudio y Valoración.
– Proceso de selección.
– Nombramiento con carácter definitivo de los beneficiarios de las Becas y los
suplentes, así como la oportuna formalización de la beca, con arreglo a lo previsto en la
normativa vigente. A efectos aclaratorios la relación jurídica derivada de cada beca se
establecerá únicamente entre el Museo y la persona que resulte beneficiaria de la beca,
sin perjuicio de la contribución económica de la Fundación objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2025-229
Verificable en https://www.boe.es
Será asimismo el Museo responsable único de la gestión y desarrollo del programa
de las Becas Fundación Iberdrola España–Museo del Prado encargado de, entre otros:
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2980
VII. Que la Fundación, dado el interés general del programa de becas referido en el
Expositivo anterior, desea colaborar en su desarrollo y a tal efecto ambas Partes han
convenido suscribir el presente convenio (en adelante, el «Convenio») que se regirá
conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones de la
ayuda de la Fundación en la materialización por parte del Museo de un programa de tres
becas de 24 meses consecutivos de duración, para la formación e investigación en el
taller de Restauración del Museo del Prado y en el Servicio de Documentación Técnica
del Museo del Prado.
Las citadas becas se convocarán conforme a lo descrito en la cláusula tercera de
este convenio, y tendrán una duración de veinticuatro meses consecutivos a contar
desde la fecha de su inicio que tendrá lugar durante la segunda mitad del año 2025 (en
adelante, las «Becas» o «Becas Nacionales Fundación Iberdrola España–Museo del
Prado de Formación e Investigación en Restauración»).
Segunda.
Naturaleza.
Las Partes declaran que el presente es un convenio de colaboración empresarial en
actividades de interés general que tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 25
de la Ley 49/2002.
A todos los efectos, la difusión de la participación de la Fundación Iberdrola España
en el Proyecto no constituirá una prestación de servicios, sin que, en ningún caso, deba
considerarse persigue los fines del contrato de patrocinio publicitario regulado en el
artículo 22 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Tercera. Obligaciones del Museo.
El Museo será responsable de la elaboración de las bases de la convocatoria de las
Becas Nacionales Fundación Iberdrola España–Museo del Prado incluyendo los
siguientes aspectos:
–
–
–
–
–
–
Especialidad de las becas.
Requisitos generales y específicos de los solicitantes.
Documentación a presentar para su valoración.
Criterios de valoración y proceso de selección.
Desarrollo de los proyectos de formación.
Terminación, suspensión y revocación de las becas.
– Solución de dudas y consultas que se puedan plantear durante la convocatoria
designando una dirección de correo electrónico. Estos datos serán publicados en las
bases de la convocatoria y en la página Web del Museo.
– Proceso de valoración de candidaturas a través de la creación de una Comisión de
Estudio y Valoración.
– Proceso de selección.
– Nombramiento con carácter definitivo de los beneficiarios de las Becas y los
suplentes, así como la oportuna formalización de la beca, con arreglo a lo previsto en la
normativa vigente. A efectos aclaratorios la relación jurídica derivada de cada beca se
establecerá únicamente entre el Museo y la persona que resulte beneficiaria de la beca,
sin perjuicio de la contribución económica de la Fundación objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2025-229
Verificable en https://www.boe.es
Será asimismo el Museo responsable único de la gestión y desarrollo del programa
de las Becas Fundación Iberdrola España–Museo del Prado encargado de, entre otros: