Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-228)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Escatrón Eólico Dos, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Sábado 4 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2975

línea de interconexión que parte desde el aerogenerador EST_3. Se trata de la vía
pecuaria más próxima a los aerogeneradores EST_2 y EST_3. El aerogenerador EST_1
se ubica a 2,8 km de la vía pecuaria Cordel de Escatrón.
Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Las instalaciones proyectadas afectan a los términos municipales de Escatrón en la
provincia de Zaragoza y de Samper de Calanda en la provincia de Teruel. En el
municipio de Samper de Calanda se ubican los tres aerogeneradores y unos 7 km de
línea de evacuación mientras que en el municipio de Escatrón se encuentran los 2 km de
evacuación restantes.
En el municipio de Samper de Calanda el sector en auge es la industria. Más de 100
habitantes mantienen como ocupación principal la agricultura, 45 trabajan en la
construcción, 53 en la industria y 93 en torno a los servicios. El municipio de Escatrón
basa su economía principalmente en la central térmica ubicada en su límite municipal,
aunque también presenta un importante sector primario.
La construcción de un proyecto de generación de energía eólica puede suponer un
impacto positivo sobre el factor económico, tanto directo como indirecto, debido a la
creación temporal de empleos en los sectores de la construcción o del transporte. Este
hecho genera, a su vez, efectos sinérgicos sobre distribuidores y productores de
materiales, sobre el alquiler de la maquinaria necesaria o sobre el sector servicios de los
municipios próximos.
Durante el funcionamiento del parque eólico, se estima un impacto económico
positivo, impulsando la creación de empleo debido al seguimiento ambiental y a las
labores de operación y mantenimiento requeridos. Estas actuaciones suponen además
efectos beneficiosos para el sector servicios de las localidades cercanas al proyecto. Del
mismo modo, podrían suponer una importante inyección económica durante toda la vida
útil para los propietarios de los terrenos afectados por la ocupación permanente de las
instalaciones a través de los contratos de arrendamiento elaborados, así como aquellos
generados a los ayuntamientos debido a los pagos correspondientes a licencias
requeridas por estos para el desarrollo del proyecto.
El suelo ocupado por la instalación está clasificado por el planeamiento como Suelo
No Urbanizable Genérico donde podrán autorizarse instalaciones vinculadas a la
ejecución, entretenimiento y servicio de las obras públicas. Los aerogeneradores, viales,
campa e instalaciones auxiliares se ubicarán fundamentalmente sobre campos de cultivo
de secano, sin afectar de forma significativa vegetación natural existente.
La actuación coordinada de los medios de las diferentes instituciones ante una
emergencia por incendio forestal, se regula por el Decreto 167/2018, de 9 de octubre, del
Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de
Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO). El riesgo de incendio se clasifica
mediante la combinación del grado de peligrosidad e importancia de protección. En
relación al ámbito de emplazamiento de los aerogeneradores del Parque Eólico, el riesgo
de incendio se clasifica como alto (tipo 6) con importancia de protección baja.
Como resultado de la simulación y cálculo realizado del campo magnético generado
por el proyecto, en las condiciones más desfavorables de funcionamiento (hipótesis de
carga máxima realizable), se obtiene que los valores de radiación emitidos están muy
por debajo de los valores límite recomendados, esto es, 100 μT para el campo
magnético a la frecuencia de la red, 50 Hz.
Las instalaciones proyectadas se ubican dentro de los cotos municipales El Pinar
(TE-10200) en el municipio de Teruel y La Pica (Z-10087) del término municipal de
Escatrón, dedicados a la caza mayor.
8.

Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

El parque eólico Escatrón forma parte del clúster «Titán», un conjunto de 16 parques
híbridos, compuesto de 16 plantas fotovoltaicas existentes y en explotación con una

cve: BOE-A-2025-228
Verificable en https://www.boe.es

7.