Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-143)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2561

SGAD. Asimismo, corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a
aquellos organismos con los que se acuerde.
Cuarto.
Que, de acuerdo con el artículo 16.1 de la LMVSI y el artículo 33.3 de su Reglamento
de Régimen Interior, la Comisión Nacional del Mercado de Valores tiene –como ente de
derecho público– personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada para el
desarrollo de sus fines, en concreto para planificar y gestionar sus servicios informáticos
por medio de su Departamento de Sistemas de Información. Por tanto, la Comisión
Nacional del Mercado de Valores está habilitada para la gestión de los medios materiales
asignados.
Quinto.
Que la Comisión Nacional del Mercado de Valores, considera de gran utilidad
disponer de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto
de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y
de movilidad en los puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las
instalaciones del organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Comisión Nacional del Mercado de
Valores de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a la Comisión Nacional del Mercado de
Valores de 407 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con cargo al
Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho de uso.
Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:
a) Equipos Portátiles ultraligeros: 200, cuyos números de serie e inventario se
adjuntan en el Anexo I.
b) Equipos Portátiles ultraligeros categoría superior: 194, cuyos números de serie e
inventario se adjuntan en el Anexo II.
c) Equipos separables: 13, cuyos números de serie e inventario se adjuntan en el
Anexo III.

cve: BOE-A-2025-143
Verificable en https://www.boe.es

Constituye el objeto de este convenio: