Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-145)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto de Hortofruticultura Subtropical y Mediterránea La Mayora, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de variedades de chirimoyo, mango y aguacate necesarios para el registro de variedades vegetales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2596
– El número de informes total se podrá complementar con informes de ensayos
realizados para otras especies a petición expresa de la OEVV.
– Asegurar la confidencialidad de las informaciones proporcionadas por la OEVV, así
como de los ensayos y los resultados obtenidos en los ensayos, salvo autorización
previa y expresa de la OEVV, para su divulgación y abstenerse de efectuar declaraciones
públicas o divulgar opiniones relacionadas con los aspectos jurídicos, técnicos o de otra
índole en materia de registro de variedades que son competencia exclusiva del MAPA o
de la OCVV según los casos.
– La información y resultados que resulten de los trabajos realizados en aplicación
de este acuerdo, tendrán carácter confidencial y serán de uso exclusivo de la OEVV. En
todo caso, el IHSM solamente podrá difundir la información y resultados que resulten de
los trabajos realizados con autorización previa y expresa de la OEVV. En el caso de
publicaciones, se hará constar la realización conjunta de los trabajos por la OEVV y el
IHSM.
– Asegurar la custodia del material vegetal, proporcionado en virtud del presente
acuerdo, limitando su uso a la realización del examen técnico, en las condiciones
especificadas en el anexo 2. El material de las colecciones de referencia, una vez
descrito e inscrito en los registros de variedades comerciales y/o protegidas, así como el
material recibido para la realización de ensayos para la OCVV se constituye como
muestra oficial del material registrado y por tanto estará disponible en todo momento
para el MAPA para el ejercicio de sus competencias, incluidas las de vigilancia y control.
– Asegurar que la cesión de cualquier material vegetal relacionado con las
actividades objeto del presente acuerdo será tratado de acuerdo con la política de la
OCVV sobre estatus del material vegetal empleado para el examen DHE y de acuerdo
con la legislación nacional e internacional vigente en materia de propiedad de las
obtenciones vegetales.
– Someterse a las auditorías de la OCVV y de la OEVV de acuerdo con la norma y
sistema de gestión de la calidad de ambas instituciones y garantizar el cumplimiento de
los aspectos que éstos contemplan.
– Asegurar que el personal que participe directamente en la realización de los
ensayos DHE no se encuentre involucrado en programas de obtención de variedades de
las especies incluidas en el ámbito del presente acuerdo y garantizar la ausencia de
conflictos de intereses en los procedimientos de examen DHE en los que intervenga el
centro de ensayos.
– Limitar el acceso a los campos de ensayo del personal no relacionado con la
ejecución del mismo, salvo previa autorización expresa de la OEVV, la cual determinará
el alcance y condiciones en las que la visita debe ser realizada.
– Prestar asistencia técnica, a requerimiento de la OEVV y en colaboración con la
misma, en materias relacionadas con este acuerdo, para casos de contravención de
derechos, elaboración de informes, levantamiento de actas y peritaje en casos de
infracciones de los derechos del obtentor.
Tercera.
Actuaciones del MAPA.
– Remitir al IHSM toda la información, tanto de las solicitudes de registro recibidas,
denominaciones varietales aceptadas, solicitud de examen o informe de la OCVV, que
resulte necesaria para la correcta ejecución de los trabajos a realizar, según se indica en
el anexo 2 «Descripción de los trabajos y documentación» del acuerdo.
– Fijar y facilitar los criterios y protocolos a utilizar en los trabajos y participar en el
seguimiento de los mismos. Esta participación se llevará a cabo mediante visitas
periódicas por técnicos especialistas de la OEVV y reuniones relacionadas con la
ejecución de los trabajos.
cve: BOE-A-2025-145
Verificable en https://www.boe.es
El MAPA a través de la OEVV realizará las siguientes operaciones:
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2596
– El número de informes total se podrá complementar con informes de ensayos
realizados para otras especies a petición expresa de la OEVV.
– Asegurar la confidencialidad de las informaciones proporcionadas por la OEVV, así
como de los ensayos y los resultados obtenidos en los ensayos, salvo autorización
previa y expresa de la OEVV, para su divulgación y abstenerse de efectuar declaraciones
públicas o divulgar opiniones relacionadas con los aspectos jurídicos, técnicos o de otra
índole en materia de registro de variedades que son competencia exclusiva del MAPA o
de la OCVV según los casos.
– La información y resultados que resulten de los trabajos realizados en aplicación
de este acuerdo, tendrán carácter confidencial y serán de uso exclusivo de la OEVV. En
todo caso, el IHSM solamente podrá difundir la información y resultados que resulten de
los trabajos realizados con autorización previa y expresa de la OEVV. En el caso de
publicaciones, se hará constar la realización conjunta de los trabajos por la OEVV y el
IHSM.
– Asegurar la custodia del material vegetal, proporcionado en virtud del presente
acuerdo, limitando su uso a la realización del examen técnico, en las condiciones
especificadas en el anexo 2. El material de las colecciones de referencia, una vez
descrito e inscrito en los registros de variedades comerciales y/o protegidas, así como el
material recibido para la realización de ensayos para la OCVV se constituye como
muestra oficial del material registrado y por tanto estará disponible en todo momento
para el MAPA para el ejercicio de sus competencias, incluidas las de vigilancia y control.
– Asegurar que la cesión de cualquier material vegetal relacionado con las
actividades objeto del presente acuerdo será tratado de acuerdo con la política de la
OCVV sobre estatus del material vegetal empleado para el examen DHE y de acuerdo
con la legislación nacional e internacional vigente en materia de propiedad de las
obtenciones vegetales.
– Someterse a las auditorías de la OCVV y de la OEVV de acuerdo con la norma y
sistema de gestión de la calidad de ambas instituciones y garantizar el cumplimiento de
los aspectos que éstos contemplan.
– Asegurar que el personal que participe directamente en la realización de los
ensayos DHE no se encuentre involucrado en programas de obtención de variedades de
las especies incluidas en el ámbito del presente acuerdo y garantizar la ausencia de
conflictos de intereses en los procedimientos de examen DHE en los que intervenga el
centro de ensayos.
– Limitar el acceso a los campos de ensayo del personal no relacionado con la
ejecución del mismo, salvo previa autorización expresa de la OEVV, la cual determinará
el alcance y condiciones en las que la visita debe ser realizada.
– Prestar asistencia técnica, a requerimiento de la OEVV y en colaboración con la
misma, en materias relacionadas con este acuerdo, para casos de contravención de
derechos, elaboración de informes, levantamiento de actas y peritaje en casos de
infracciones de los derechos del obtentor.
Tercera.
Actuaciones del MAPA.
– Remitir al IHSM toda la información, tanto de las solicitudes de registro recibidas,
denominaciones varietales aceptadas, solicitud de examen o informe de la OCVV, que
resulte necesaria para la correcta ejecución de los trabajos a realizar, según se indica en
el anexo 2 «Descripción de los trabajos y documentación» del acuerdo.
– Fijar y facilitar los criterios y protocolos a utilizar en los trabajos y participar en el
seguimiento de los mismos. Esta participación se llevará a cabo mediante visitas
periódicas por técnicos especialistas de la OEVV y reuniones relacionadas con la
ejecución de los trabajos.
cve: BOE-A-2025-145
Verificable en https://www.boe.es
El MAPA a través de la OEVV realizará las siguientes operaciones: