Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-160)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Cámara de Comercio de España, Industria, Servicios y Navegación de España, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2763

Ambas partes se reconocen plena capacidad y competencia para la firma de la
presente adenda al convenio suscrito en fecha 6 de junio de 2023,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 6 de junio de 2023, se firmó un convenio entre la Administración
General del Estado (Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública) y
la Cámara de Comercio de España para la identificación de cargas administrativas y su
reducción en el bienio 2023-2024.
Segundo.
Que el convenio al que se alude en el expositivo que precede tiene un plazo de
vigencia que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024, estando próxima su
resolución por expiración de su vigencia.
Tercero.
Que la cláusula séptima del convenio firmado por las partes con fecha 6 de junio
de 2023, prevé la posibilidad de prorrogar los efectos del convenio, por lo que las partes,
a la vista de que el convenio ha sido ejecutado a plena satisfacción de las mismas, están
interesadas en continuar con la colaboración emprendida.
Por todo lo cual y teniendo en cuenta cuanto antecede las partes acuerdan la firma
de la presente adenda de acuerdo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la adenda es prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia del
Convenio entre la Administración General del Estado y la Cámara de Comercio de
España para la identificación de cargas administrativas y su reducción, suscrito el 6 de
junio de 2023 (BOE núm. 144, de 17 de junio de 2023).
Segunda.

Eficacia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda se formaliza con la
firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO). Asimismo, será publicada en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Referencias al departamento ministerial.

Las referencias realizadas en el convenio al Ministerio de Hacienda y de Función
Pública (o MINHFP) deberán entenderse ahora referidas al Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, que cumplirá con los mismos
compromisos y actuaciones.
Cuarta. Actuaciones a realizar por Cámara de Comercio de España.
La Cámara de Comercio de España hará entrega al Ministerio para la Trasformación
Digital y de la Función Pública, a través de la Dirección General de Gobernanza Pública,
del informe en el que se relacionarán los trámites identificados y las propuestas de

cve: BOE-A-2025-160
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.