Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-64)
Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2

Jueves 2 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 765

ANEXO I
Órgano en el que se delega

Cuantía de la delegación
Importe en euros

1. Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación*.

Hasta 12.000.000

2. Subsecretario*.

Hasta 6.000.000

3. Secretarias Generales.

Hasta 5.000.000

4. Secretaria General Técnica y Directores Generales.

Hasta 2.000.000

*

Sin perjuicio de las competencias originarias conforme a los límites fijados en el capítulo I.

ANEXO II
Guía indicativa sobre el sistema de firma en los casos en que actuaciones
del capítulo II concurran en competencias afectadas por los límites de gasto
fijados en el capítulo I
Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación
Cuantía

> 12 M

Competencia propia

Quién firma

Causa

Ministro.

Ministro.

Artículo 61.i) Ley 40/2015.

> 2 M y ≤ 12 M

Secretaria de Estado de
Agricultura y Alimentación.

Secretaria de Estado de Agricultura y
Alimentación.

Por límite de cuantía del capítulo I de la orden, y
artículo 62.1.j) Ley 40/2015.

≤2M

Secretaria de Estado de
Agricultura y Alimentación.

Directora General de Desarrollo Rural,
Innovación y Formación Agroalimentaria.

Por delegación del capítulo II y anexo I.

Subsecretario
Cuantía

>6M

Competencia propia

Quién firma

Causa

Ministro.

Ministro.

Artículo 61.i) Ley 40/2015.

>2My≤6M

Subsecretario.

Subsecretario.

Por límite de cuantía del capítulo I de la orden y
artículo 63.1 i) Ley 40/2015.

≤2M

Subsecretario.

SGT-DG.

Por delegación del capítulo II y anexo I.

Secretarias Generales
Cuantía

Competencia propia

Quién firma

Causa

Ministro.

Ministro.

Artículo 61.i) Ley 40/2015.

>2My≤5M

Ministro.

Secretaria General.

Por delegación del capítulo II y anexo I.

≤2M

Ministro.

DG.

Por delegación del capítulo II y anexo I.
cve: BOE-A-2025-64
Verificable en https://www.boe.es

>5M

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X