Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional Veterinario. (BOE-A-2025-9)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, al Cuerpo Nacional Veterinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 390
Modalidad presencial: la prueba consistirá en contestar un cuestionario de 50
preguntas, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta. Todas las
respuestas correctas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas o en blanco
no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos y no podrá
utilizarse ningún tipo de material adicional. En el plazo máximo de dos días, a contar
desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas
utilizada por el tribunal.
El ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener una puntuación
mínima de 5 puntos para que se pueda sumar a la calificación del primer ejercicio.
La calificación de este ejercicio, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad
de acreditación de conocimiento de inglés o francés mediante titulación y conforme al
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el
siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se
corresponda con un B2.
Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se
corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se
corresponda con un C2.
Alternativamente a la modalidad anterior, las personas aspirantes que así lo deseen
podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos
que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años
anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias, salvo que el plazo de
vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por las
normas que rijan el título en cuestión.
Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán
adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento del idioma elegido.
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el
anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se
corresponda con un B2.
Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se
corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se
corresponda con un a un nivel C2.
Cuando el nivel acreditado con el título presentado sea inferior a B2, este ejercicio no
será calificado.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria del ejercicio de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
este segundo ejercicio no será calificado.
Quienes superen el primer ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su
calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada
uno de los ejercicios.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso
selectivo, en las fechas de celebración de cualquiera de sus fases, incluida la realización
cve: BOE-A-2025-9
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 390
Modalidad presencial: la prueba consistirá en contestar un cuestionario de 50
preguntas, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta. Todas las
respuestas correctas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas o en blanco
no penalizan.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 70 minutos y no podrá
utilizarse ningún tipo de material adicional. En el plazo máximo de dos días, a contar
desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas
utilizada por el tribunal.
El ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener una puntuación
mínima de 5 puntos para que se pueda sumar a la calificación del primer ejercicio.
La calificación de este ejercicio, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad
de acreditación de conocimiento de inglés o francés mediante titulación y conforme al
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el
siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se
corresponda con un B2.
Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se
corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se
corresponda con un C2.
Alternativamente a la modalidad anterior, las personas aspirantes que así lo deseen
podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos
que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años
anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias, salvo que el plazo de
vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por las
normas que rijan el título en cuestión.
Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán
adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento del idioma elegido.
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el
anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se
corresponda con un B2.
Una puntuación de 7,5 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se
corresponda con un C1.
Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se
corresponda con un a un nivel C2.
Cuando el nivel acreditado con el título presentado sea inferior a B2, este ejercicio no
será calificado.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria del ejercicio de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
este segundo ejercicio no será calificado.
Quienes superen el primer ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su
calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada
uno de los ejercicios.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso
selectivo, en las fechas de celebración de cualquiera de sus fases, incluida la realización
cve: BOE-A-2025-9
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Núm. 1