Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional Veterinario. (BOE-A-2025-9)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, al Cuerpo Nacional Veterinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 388
7.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es.
7.4 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la
Subsecretaría dictará resolución por la que se declaran aprobadas las listas
provisionales de personas admitidas y excluidas. En esta resolución, que se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base 7.2, se indicarán las
relaciones de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al
público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha
y hora de comienzo de los ejercicios.
7.5 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando
decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo
dispuesto en la base 8.
7.6 El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo
máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria.
7.7 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de 9 meses. Con el fin de respetar los principios de publicidad,
transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo
público, el tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de
realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
8.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo,
su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada
a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo y el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación en el
plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Madrid, 23 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.
cve: BOE-A-2025-9
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 388
7.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es.
7.4 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la
Subsecretaría dictará resolución por la que se declaran aprobadas las listas
provisionales de personas admitidas y excluidas. En esta resolución, que se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base 7.2, se indicarán las
relaciones de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al
público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha
y hora de comienzo de los ejercicios.
7.5 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando
decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo
dispuesto en la base 8.
7.6 El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo
máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria.
7.7 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de 9 meses. Con el fin de respetar los principios de publicidad,
transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo
público, el tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de
realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
8.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo,
su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada
a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo y el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación en el
plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Madrid, 23 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.
cve: BOE-A-2025-9
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Núm. 1