Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional Veterinario. (BOE-A-2025-9)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, al Cuerpo Nacional Veterinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 387
ES06-0182- 2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función
Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las
solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
5.3 El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.
5.4 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
5.5 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona
interesada.
5.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.
6.
Tribunal
6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
a esta convocatoria.
6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el
estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
6.4 Se publicará en la página web del Departamento un breve currículo profesional
de las personas que forman parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
6.5 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Paseo Infanta Isabel, 1, y en horario
de 9 a 14:30 horas, y en la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es
6.6 Se habilita al tribunal calificador para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas
selectivas. Para ello, el tribunal podrá acordar la forma, el procedimiento a seguir y el orden
de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento de los
principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como la celeridad, agilidad y
eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo.
Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la
letra V, según lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de
Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
Estado («Boletín Oficial del Estado» del 31).
En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer
apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente.
7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapa.gob.es/es/ministerio/
servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web:
www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.
cve: BOE-A-2025-9
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 387
ES06-0182- 2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función
Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las
solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
5.3 El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.
5.4 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
5.5 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona
interesada.
5.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.
6.
Tribunal
6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
a esta convocatoria.
6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el
estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
6.4 Se publicará en la página web del Departamento un breve currículo profesional
de las personas que forman parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
6.5 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Paseo Infanta Isabel, 1, y en horario
de 9 a 14:30 horas, y en la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es
6.6 Se habilita al tribunal calificador para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas
selectivas. Para ello, el tribunal podrá acordar la forma, el procedimiento a seguir y el orden
de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento de los
principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como la celeridad, agilidad y
eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo.
Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la
letra V, según lo establecido en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de
Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
Estado («Boletín Oficial del Estado» del 31).
En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer
apellido comience por la letra «W», y así sucesivamente.
7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapa.gob.es/es/ministerio/
servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web:
www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.
cve: BOE-A-2025-9
Verificable en https://www.boe.es
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