Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-47)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXV Convenio colectivo del sector de la banca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Disposición adicional tercera.
Sec. III. Pág. 658
Determinación del beneficio antes de impuestos (BAI).
1. El Beneficio antes de Impuestos (BAI) será el resultado positivo que conste en el
epígrafe «Ganancias o (-) pérdidas antes de impuestos procedentes de las actividades
continuadaS» de cada uno los modelos/plantillas que se indican a continuación para
cada tipo de entidad y referido al negocio en España.
1.1 Entidades con negocio bancario exclusivamente en España (sin sucursales en
el extranjero):
Cuenta de Pérdidas y Ganancias Individual Anual Pública de los estados financieros
públicos primarios de las entidades de crédito publicados por Banco de España (https://
www.bde.es/bde/es/areas/supervision/estados-financieros-publicos-primarios-de-lasentidades-de-credito-2b306d3fa9e4471.html). En su defecto, se podrán obtener de los
datos que consten en el informe de auditoría de cada Empresa, en los informes anuales
que se publiquen en la web de la Empresa o en los anuarios estadísticos de AEB.
1.2 Entidades con negocio bancario en España y sucursales fuera de España
contabilizado en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Individual Anual:
Modelo «FI 2 Estado de Resultados Individual Reservado – Negocios en España»
que consta en la «Circular 4/2017, de 27 de noviembre, del Banco de España, a
entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y
modelos de estados financieros».
Para su verificación, las Empresas pondrán a disposición de la RLPT, en la forma
que ambas partes acuerden, los modelos/plantillas presentados en Banco de España,
tanto en lo que se refiere a los negocios en España, como los negocios totales.
1.3
Sucursales extranjeras intracomunitarias radicadas en España.
Plantilla 20.3 «Desglose geográfico de las partidas del estado de resultados por
localización de las actividades» que consta en anejo IV del Reglamento de Ejecución
(UE) n.º 680/2014 de la Comisión de 16 de abril, referida al negocio en España, que se
presente en el país donde se encuentre la sede.
Para su verificación, las Empresas pondrán a disposición de la RLPT, en la forma
que ambas partes acuerden, dichos modelos/plantillas.
1.4
Sucursales extranjeras extracomunitarias radicadas en España.
2. En el supuesto que se produzca cualquier modificación de la norma contable, de
las instrucciones de Banco de España sobre información financiera de las entidades de
crédito, o de las directivas o reglamentos comunitarios que impidan la posibilidad de
conocer o determinar de la manera oficial y/o pública este dato en cada entidad,
corresponderá a la Comisión Paritaria, en su cometido de análisis e interpretación,
acordar, en el plazo de 30 días, el procedimiento de verificación del dato del Beneficio
Antes de Impuestos (BAI).
Disposición adicional cuarta.
Observatorio Sectorial.
1. Como foro estable de diálogo social sobre materias de interés común, durante la
vigencia de este convenio se crea un Observatorio Sectorial de carácter Paritario,
integrado por la representación de las Entidades y las Organizaciones Sindicales
cve: BOE-A-2025-47
Verificable en https://www.boe.es
Cuenta de Pérdidas y Ganancias Individual Anual Pública de los Estados financieros
públicos primarios de las entidades de crédito publicados por Banco de España(https://
www.bde.es/bde/es/areas/supervision/estados-financieros-publicos-primarios-de-lasentidades-de-credito-2b306d3fa9e4471.html). En su defecto, se podrán obtener de los
datos que consten en el informe de auditoría de cada Empresa, en los informes anuales
que se publiquen en la web de la Empresa o en los anuarios estadísticos de AEB.
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Disposición adicional tercera.
Sec. III. Pág. 658
Determinación del beneficio antes de impuestos (BAI).
1. El Beneficio antes de Impuestos (BAI) será el resultado positivo que conste en el
epígrafe «Ganancias o (-) pérdidas antes de impuestos procedentes de las actividades
continuadaS» de cada uno los modelos/plantillas que se indican a continuación para
cada tipo de entidad y referido al negocio en España.
1.1 Entidades con negocio bancario exclusivamente en España (sin sucursales en
el extranjero):
Cuenta de Pérdidas y Ganancias Individual Anual Pública de los estados financieros
públicos primarios de las entidades de crédito publicados por Banco de España (https://
www.bde.es/bde/es/areas/supervision/estados-financieros-publicos-primarios-de-lasentidades-de-credito-2b306d3fa9e4471.html). En su defecto, se podrán obtener de los
datos que consten en el informe de auditoría de cada Empresa, en los informes anuales
que se publiquen en la web de la Empresa o en los anuarios estadísticos de AEB.
1.2 Entidades con negocio bancario en España y sucursales fuera de España
contabilizado en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Individual Anual:
Modelo «FI 2 Estado de Resultados Individual Reservado – Negocios en España»
que consta en la «Circular 4/2017, de 27 de noviembre, del Banco de España, a
entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y
modelos de estados financieros».
Para su verificación, las Empresas pondrán a disposición de la RLPT, en la forma
que ambas partes acuerden, los modelos/plantillas presentados en Banco de España,
tanto en lo que se refiere a los negocios en España, como los negocios totales.
1.3
Sucursales extranjeras intracomunitarias radicadas en España.
Plantilla 20.3 «Desglose geográfico de las partidas del estado de resultados por
localización de las actividades» que consta en anejo IV del Reglamento de Ejecución
(UE) n.º 680/2014 de la Comisión de 16 de abril, referida al negocio en España, que se
presente en el país donde se encuentre la sede.
Para su verificación, las Empresas pondrán a disposición de la RLPT, en la forma
que ambas partes acuerden, dichos modelos/plantillas.
1.4
Sucursales extranjeras extracomunitarias radicadas en España.
2. En el supuesto que se produzca cualquier modificación de la norma contable, de
las instrucciones de Banco de España sobre información financiera de las entidades de
crédito, o de las directivas o reglamentos comunitarios que impidan la posibilidad de
conocer o determinar de la manera oficial y/o pública este dato en cada entidad,
corresponderá a la Comisión Paritaria, en su cometido de análisis e interpretación,
acordar, en el plazo de 30 días, el procedimiento de verificación del dato del Beneficio
Antes de Impuestos (BAI).
Disposición adicional cuarta.
Observatorio Sectorial.
1. Como foro estable de diálogo social sobre materias de interés común, durante la
vigencia de este convenio se crea un Observatorio Sectorial de carácter Paritario,
integrado por la representación de las Entidades y las Organizaciones Sindicales
cve: BOE-A-2025-47
Verificable en https://www.boe.es
Cuenta de Pérdidas y Ganancias Individual Anual Pública de los Estados financieros
públicos primarios de las entidades de crédito publicados por Banco de España(https://
www.bde.es/bde/es/areas/supervision/estados-financieros-publicos-primarios-de-lasentidades-de-credito-2b306d3fa9e4471.html). En su defecto, se podrán obtener de los
datos que consten en el informe de auditoría de cada Empresa, en los informes anuales
que se publiquen en la web de la Empresa o en los anuarios estadísticos de AEB.