Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27606)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Adif-Alta Velocidad y la Universitat Oberta de Catalunya, para la realización de prácticas externas.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 187786

Proyecto formativo:
Objetivo Educativo.
Se establecerá considerando las competencias
básicas, genéricas y/o específicas que debe
adquirir el estudiante.
Funciones y actividades (*).
Los contenidos de la práctica se definirán de
forma que aseguren la relación directa con el
Objetivo Educativo.
(*) En ningún caso la realización de estas prácticas implica contacto habitual con menores.

Desarrolla Trabajo Fin de Estudios asociado a las prácticas:
SI ☐

NO ☐

Por la Universidad.
Por la Entidad Colaboradora.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa
vigente en materia de protección de datos de carácter personal, el estudiante presta su
consentimiento para el tratamiento de sus datos personales por ambas partes firmantes,
sus datos personales serán recabados y tratados y en su caso cedidos a la entidad
colaboradora al único propósito de gestión de estas prácticas. El responsable del
tratamiento de estos datos es la Universidad y la Entidad Colaboradora. Los derechos de
acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación, portabilidad y supresión se
ejercitarán ante la Universidad y la Entidad Colaboradora a través de los canales
establecidos al efecto por las mismas. Asimismo, si considera que el tratamiento de sus
datos personales no se ajusta a la normativa vigente, también tiene derecho a presentar
una reclamación ante la autoridad de control en www.aepd.es.
Obligaciones del estudiante

– Tener la matrícula de estudios vigente con la Universidad durante el periodo de las
prácticas.
– Incorporarse a la Entidad Colaboradora en la fecha acordada.
– Cumplir el horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales.
– Cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones de los tutores.
– Si abandona las prácticas antes de haber completado el periodo de tiempo
comprometido sin causa justificada, no podrá solicitar otras prácticas a la entidad
colaboradora.
– Mantener absoluta confidencialidad sobre toda aquella información a la que pueda
tener acceso como consecuencia de la realización de las prácticas, tomando para ello
las medidas de seguridad necesarias y razonables, la cual devolverá a la entidad
colaboradora una vez finalicen las prácticas.
– En caso de que realice el trabajo de fin de estudios asociado a las prácticas, para
su publicación, así como para la publicación de artículos, conferencias y demás
comunicaciones que contengan información de la entidad colaboradora, deberá contar

cve: BOE-A-2024-27606
Verificable en https://www.boe.es

El estudiante declara tener conocimiento de los términos del convenio del que forma
parte este anexo y se compromete a asumirlos en la formulación y contenido
convenidos. Especialmente, el estudiante se compromete a: