Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27541)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de puestos de personal Administrativo, Grupo M1.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 187209

4.3 La presentación de solicitudes y documentación acreditativa del cumplimiento
de los requisitos de participación en el proceso, así como de los méritos alegados en el
concurso de méritos y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación
de las actuaciones de estos procesos selectivos se realizará a través de medios
electrónicos, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del reglamento
de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por
el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo. De acuerdo con lo establecido en el
artículo 14 de dicha norma, los interesados podrán subsanar la documentación
presentada en el plazo de diez días hábiles, recogiéndose la posibilidad de que los
aspirantes que cursen la solicitud desde el extranjero o si concurre incidencia técnica
debidamente acreditada que les impida realizar este trámite de forma telemática podrán
cumplimentar este trámite de forma sustitutoria en papel, a la siguiente dirección:
Consorcio Zona Franca Vigo, Registro General, Rúa Areal, 46, 36201 Vigo, Pontevedra.
A los efectos de las presentes bases, el medio electrónico habilitado para la
presentación de las solicitudes de participación en este proceso selectivo es la
plataforma Inscripción de Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips).
No obstante, se admitirá la presentación, por registro electrónico, de las copias
auténticas o de los archivos cuyo tamaño exceda el límite establecido por la plataforma
mencionada.
4.4. Todos los documentos habrán de estar redactados en castellano o gallego. Los
documentos presentados en otros idiomas deberán estar traducidos oficialmente al
castellano o al gallego.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal Calificador
analizará las candidaturas recibidas, determinará los candidatos admitidos y excluidos en
función de la documentación presentada, y publicará la relación provisional de admitidos
y excluidos al proceso selectivo, indicando respecto de los no admitidos el motivo o
motivos de exclusión.
Con la publicación de la citada relación se considerará efectuada la correspondiente
notificación a los interesados.
5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
desde el día siguiente a la publicación del listado, para presentar alegaciones o
subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su exclusión.
De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y de la doctrina
jurisprudencial en materia de subsanación de solicitudes (entre otras, STS 25 de marzo
de 2019, STSJ de Castilla-La Mancha de 11 de diciembre de 2006, STSJ de Galicia
de 26 de octubre de 2005, STSJ de Madrid de 29 de julio de 2010), sólo se admitirá la
subsanación de defectos materiales o de forma de los documentos ya aportados o
alegados junto con la solicitud. En ningún caso se admitirá, como subsanación de la
solicitud, la aportación de documentos requeridos para la participación en el proceso
selectivo o para la baremación en la fase de concurso que no fueron presentados o
alegados en el plazo establecido en las bases.
Los aspirantes deberán presentar documentación para el trámite de subsanación
también a través de la plataforma IPS a la que se hace referencia en el apartado 4.3 de
las presentes bases, siendo posible, como se indica en el mismo apartado, la
presentación de documentación, por registro electrónico, cuando se trate de copias
auténticas o cuando el tamaño de los archivos exceda el límite establecido por la
plataforma IPS.
Si no se presentasen alegaciones o no se subsanasen los defectos que hubieren
motivado la exclusión, se archivará la solicitud sin más trámite y no podrán seguir
participando en el proceso de selección.

cve: BOE-A-2024-27541
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Núm. 315