Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-27553)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de reserva por discapacidad, por concurso-oposición, a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de carrera de los citados cuerpos para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 187485

admitidas y excluidas, que serán expuestas en los mismos lugares en los que se hicieron
públicas las listas provisionales.
Contra dicha Resolución, los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia en cuya circunscripción tengan su domicilio, o bien ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 10.1. i), en relación con la
regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 74.1. i) de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13
de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
exposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la citada Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3 El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se
reconozca la posesión de los requisitos exigidos en los procedimientos que se convocan
mediante la presente Resolución. Cuando de la documentación que, de acuerdo con la
base 12 de esta convocatoria, debe presentarse en caso de superar las fases de
oposición y concurso, se desprenda que no se posee alguno de los requisitos, las
personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su
participación en estos procedimientos.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, no procederá la devolución de las tasas por derechos
de examen a aquellas personas aspirantes excluidas definitivamente por causas
imputables a las mismas.
5.

Órganos de selección

5.1 La selección de las personas participantes en los distintos procedimientos
selectivos a los que se refiere esta convocatoria será realizada por los tribunales o, en su
caso, por las comisiones de selección, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 6.3 de la
presente convocatoria respecto a los tribunales que han de valorar la prueba previa de
conocimiento del castellano.
El número de personas solicitantes en cada una de las especialidades condicionará
el de tribunales y comisiones de selección que hayan de designarse para juzgarlas en
cada una de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Cuando el reducido número de personas aspirantes presentadas a una misma
especialidad para las plazas en las ciudades de Ceuta y Melilla o para los distintos
procedimientos de ingreso o acceso, no permita el nombramiento de tribunales distintos,
se podrá nombrar un único tribunal que actuará de forma separada en relación con las
plazas correspondientes a cada una de estas ciudades o para cada uno de los
procedimientos.
Tribunales.

5.2.1 En las Ciudades de Ceuta y Melilla, sin perjuicio de lo dispuesto en el
apartado anterior, se nombrarán tribunales distintos, cuya composición será objeto de
publicación en la web del Ministerio https://www.educacionfpydeportes.gob.es/
contenidos/profesorado/no-universitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html
y en los portales web de las Direcciones Provinciales del Departamento en Ceuta y
Melilla, con antelación a la fecha que se determine en la Resolución que se dicte por la
Subsecretaría como fecha de inicio de las pruebas. Se acompañará a dicho
nombramiento de los distintos tribunales de un breve currículum profesional de las
personas que formen parte de los citados órganos.

cve: BOE-A-2024-27553
Verificable en https://www.boe.es

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