Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Maestros. (BOE-A-2024-27552)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de reserva por discapacidad, al Cuerpo de Maestros para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187433
Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, así como las
bases contenidas en la presente convocatoria.
1.3 De acuerdo con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, las convocatorias deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde
su publicación, y las respectivas fases de oposición en un año. El proceso selectivo
tendrá una duración estimada de 18 meses.
Los periodos de realización de la fase de oposición de estos procedimientos
selectivos tendrán una duración máxima previsible de, al menos, dos meses,
realizándose el primer ejercicio de esa fase de oposición a partir de la fecha que sea
establecida por Resolución de la Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y
Deportes, que deberá publicarse con una antelación mínima de un mes.
La fecha de comienzo de la fase de oposición de este procedimiento selectivo o la de
algún ejercicio de la misma pueden coincidir con las fechas de celebración de otros
procedimientos similares convocados por otras Administraciones educativas.
1.4 La fecha de comienzo de la fase de oposición de estos procedimientos
selectivos o la de algunos ejercicios de la misma, pueden coincidir con las fechas de
celebración de otros procedimientos similares convocados por otras Administraciones
educativas.
2. Requisitos de las personas aspirantes
Para ser admitido a los procedimientos selectivos las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento
(UE) 492/2011 del Parlamento europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la
libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007,
de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos
de los estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18
de noviembre.
También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que
vivan a cargo de sus progenitores.
b) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter
general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y
especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la función pública.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley
Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
cve: BOE-A-2024-27552
Verificable en https://www.boe.es
2.1
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187433
Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, así como las
bases contenidas en la presente convocatoria.
1.3 De acuerdo con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, las convocatorias deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde
su publicación, y las respectivas fases de oposición en un año. El proceso selectivo
tendrá una duración estimada de 18 meses.
Los periodos de realización de la fase de oposición de estos procedimientos
selectivos tendrán una duración máxima previsible de, al menos, dos meses,
realizándose el primer ejercicio de esa fase de oposición a partir de la fecha que sea
establecida por Resolución de la Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y
Deportes, que deberá publicarse con una antelación mínima de un mes.
La fecha de comienzo de la fase de oposición de este procedimiento selectivo o la de
algún ejercicio de la misma pueden coincidir con las fechas de celebración de otros
procedimientos similares convocados por otras Administraciones educativas.
1.4 La fecha de comienzo de la fase de oposición de estos procedimientos
selectivos o la de algunos ejercicios de la misma, pueden coincidir con las fechas de
celebración de otros procedimientos similares convocados por otras Administraciones
educativas.
2. Requisitos de las personas aspirantes
Para ser admitido a los procedimientos selectivos las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento
(UE) 492/2011 del Parlamento europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la
libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007,
de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos
de los estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18
de noviembre.
También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que
vivan a cargo de sus progenitores.
b) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter
general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y
especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la función pública.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley
Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
cve: BOE-A-2024-27552
Verificable en https://www.boe.es
2.1