Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Maestros. (BOE-A-2024-27552)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de reserva por discapacidad, al Cuerpo de Maestros para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 187454

criterios establecidos en el apartado 11.1 de esta convocatoria. Estas listas se publicarán
en la indicada web y en los portales web de las Direcciones Provinciales en cuya sede el
tribunal haya actuado.
Contra estas listas las personas interesadas podrán interponer, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de
alzada ante el Ministro de Educación y Formación Profesional.
Un ejemplar de estas listas se elevará al órgano convocante quedando el resto de la
documentación bajo la custodia de la Dirección Provincial donde se hayan celebrado las
pruebas.
De todas las actuaciones se levantarán actas, que se unirán a las listas a que se
refiere el apartado 11.1. de esta convocatoria.
Los tribunales y las comisiones de selección, para la realización de las actuaciones a
que se refiere esta base, contarán con los sistemas informáticos habilitados al efecto en
las dos Direcciones Provinciales.
11.3 En ningún caso, los órganos de selección podrán declarar que han superado
el procedimiento selectivo, y por tanto aprobado, mayor número de aspirantes que el
número de plazas fijadas.
12.

Actuaciones a realizar por los aspirantes que han superado las fases de oposición
y concurso

12.1 Documentos a presentar por los aspirantes que se encuentran en alguno de
los supuestos que se contemplan a continuación:
a) Los que concurran y superen las fases de oposición y concurso para ingreso en
un mismo Cuerpo en convocatorias correspondientes a distintas Administraciones
educativas deberán optar por una de ellas, renunciando a todos los derechos que
pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta
opción, en el plazo de diez días a partir de la publicación en la Dirección Provincial
correspondiente de la lista de seleccionados de esta convocatoria, la aceptación del
primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a
las restantes.
La renuncia a los derechos derivados del procedimiento selectivo, no supondrá
modificación en las plazas asignadas al resto de aspirantes ni en la lista de
seleccionados.
b) las personas candidatas que, habiendo superado estos procedimientos
selectivos estuvieran prestando servicios remunerados en la Administración como
funcionarios de carrera, interinos o como personal laboral, sin perjuicio de la situación
administrativa o laboral que de acuerdo con la normativa vigente les corresponda,
deberán formular opción por la percepción de las remuneraciones durante su condición
de funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 213/2003, de 21 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 1 de marzo).

En el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que se
hagan públicas en las dos Direcciones Provinciales las listas de aspirantes que hayan
superado los procedimientos selectivos, estos deberán presentar ante la Dirección
Provincial en la que deban realizar la fase de prácticas los siguientes documentos:
a) Petición de centros para la realización de la fase de prácticas. Esta petición se
realizará a través de una solicitud indicando por orden de preferencia los centros
docentes a lo que desean ser destinados. Para la formalización de estas solicitudes se
seguirán las Instrucciones que se dicten por las respectivas Direcciones Provinciales.

cve: BOE-A-2024-27552
Verificable en https://www.boe.es

12.2 Presentación de documentos por los aspirantes que han superado los
procedimientos selectivos: