Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Inspectores de Educación. (BOE-A-2024-27551)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Inspectores de Educación, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 187417

el baremo de méritos establecido en el anexo II de la presente resolución. Solo se
valorarán aquellos méritos que, perfeccionados con anterioridad a la finalización del
plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado 3.2 de esta resolución, se
aleguen y aporten debidamente justificados a través de la documentación que se
determina en el citado anexo II, no tomándose en consideración los perfeccionados con
posterioridad a la finalización de dicho plazo.
La presentación de la documentación acreditativa de los méritos alegados deberá
realizarse obligatoriamente de manera electrónica, para lo que se deberá estar en posesión
de un certificado digital reconocido por este Ministerio (FNMT, DNI, NIE o certificado de
cualquier otra autoridad de certificación reconocida por la plataforma @firma), a través del
«Acceso a la Tramitación en Sede Electrónica», que se encontrará en la página web del
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a la que se podrá acceder por
medio del siguiente enlace, https://www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/
profesorado/no-universitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html. Para su
presentación, los documentos justificativos deberán digitalizarse mediante escaneado y
conversión a formato electrónico (a través de archivos PDF o ZIP, con capacidad máxima
de 10 Mb cada uno).
7.3 El Tribunal o tribunales de selección publicarán en el portal web de la Dirección
Provincial de la sede de actuación del mismo, en la fecha que se determine mediante
resolución de la Subsecretaria, las puntuaciones provisionales de la fase de concurso
alcanzada por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con
indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados y subapartados del
baremo de méritos establecido en el anexo II. Dicha puntuación se hará pública
también en la web https://www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/
nouniversitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html.
Contra las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, en el plazo de tres días
hábiles a partir de su exposición, las personas aspirantes podrán presentar escrito de
alegaciones dirigido al presidente o presidenta del tribunal, a quien corresponde su
estudio y resolución. La presentación de las alegaciones a la fase de concurso se
realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través del «Acceso a la
Tramitación en Sede Electrónica», que se encontrará en la página web del Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes, a la que se podrá acceder por
medio del siguiente enlace https://www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/
profesorado/nouniversitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html.
Vistas y estudiadas las reclamaciones presentadas en el plazo establecido, las listas
con las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso se harán públicas en
los mismos lugares y en la fecha que se determine mediante resolución de la
Subsecretaría. La contestación a estas alegaciones se entenderá efectuada con la
publicación de la resolución por la que se eleven a definitivas las puntuaciones de la fase
de concurso, considerándose desestimadas las alegaciones no recogidas en la misma.
Contra estas puntuaciones definitivas podrá interponerse recurso de alzada ante la
Subsecretaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Superación del concurso-oposición

8.1 Superarán el concurso-oposición y serán seleccionadas para la realización de
la fase de prácticas las personas aspirantes aprobadas a las que, una vez ordenadas
según la puntuación global de las fases de oposición y concurso, les corresponda un
número de orden igual o inferior al número total de plazas convocadas.
8.2 Para la obtención de la puntuación global, el tribunal único o, en su caso, la
Comisión de selección, ponderará en dos tercios la puntuación obtenida en la fase de
oposición a que se refiere la base 6.10 de la presente convocatoria, y en un tercio la
puntuación obtenida en la fase de concurso aludida en la base 7, resultando la

cve: BOE-A-2024-27551
Verificable en https://www.boe.es

8.