Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27597)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la primera Adenda al Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, E.P.E., para promover la ejecución de las obras de mejora del drenaje transversal del embalse de Bellús en la línea Xàtiva-Alcoi.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 187717

Tabla 3. Distribución temporal de los compromisos económicos, IVA incluido
(plazo orientativo y estimación del presupuesto de las obras)
Organismo

Totales

Euros

2024

Euros

2025

Euros

2026

Euros

2027

Euros

2028

Euros

ADIF.

6.317.128,99 194.064,50 194.064,49 1.694.000,00 3.811.500,00 423.500,00

MITERD.

2.707.341,00

83.170,50

83.170,50

726.000,00 1.633.500,00 181.500,00

Totales. 9.024.469,99 277.235,00 277.234,99 2.420.000,00 5.445.000,00 605.000,00

Una vez que se haya redactado el proyecto y se conozca el importe de la obra
de mejora a ejecutar, así como su plazo de ejecución, se suscribirá, en caso de
ser necesario, una modificación del Convenio, para formalizar y concretar la
financiación conjunta entre ambas partes. La modificación del Convenio, acordada
de forma unánime por las partes firmantes, deberá formalizarse mediante la
suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos
requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del Convenio inicial.
No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán
promover y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución
de los trabajos contemplados en el presente Convenio, siempre que estos no
supongan una alteración (al alza o a la baja) del importe global de los
compromisos económicos, ni del plazo de duración del mismo. Este reajuste de
anualidades no se considerará una modificación convencional a los efectos de lo
establecido en el párrafo anterior.
ADIF y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de
acuerdo artículo 49.d) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, asumen las correspondientes obligaciones económicas, al amparo
de las siguientes partidas presupuestarias:
– MITERD: 2.707.341,00 euros con cargo a la partida presupuestaria
23.05.452A.611 del presupuesto de gastos de la Dirección General del Agua.
– ADIF: 6.317.128,99 euros con cargo a su presupuesto de gastos, que
aportará, al efecto, el certificado de existencia de crédito.
La modificación que pueda producirse sobre el importe total previsto de la
actuación exigirá una actualización de la tabla n.º 3 Distribución temporal de los
compromisos económicos, que no supondrá variación en los porcentajes de
compromiso económico asumido por cada una de las partes.»
Segunda.

«El pago a los adjudicatarios de los contratos se efectuará por ADIF
respetando la legislación de contratos aplicable.
Con cada certificación parcial de las obras presentada a ADIF por el
contratista, y una vez aprobada por esta entidad la certificación, ADIF, al tener la
consideración de empresario a los efectos de la Ley de IVA en los términos de su
artículo 5, emitirá la correspondiente factura al MITERD, por el 30 % de la base
imponible de la certificación, más el IVA correspondiente a ese 30 %, que será
abonada en un plazo máximo de dos meses desde la fecha de la factura, previa

cve: BOE-A-2024-27597
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica la cláusula cuarta del Convenio, relativa a la «Forma de abono»,
quedando redactada de la siguiente manera: