Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27549)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de Técnico Superior, nivel 2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187377
libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
− Las personas incluidos en el apartado c) de la base 2.1.1, además de la copia
auténtica del pasaporte en vigor, una copia auténtica del correspondiente permiso de
residencia, o de trabajo y de residencia.
− Asimismo, además de la copia auténtica que acredite la titulación que da acceso a
esta convocatoria, se deberá acompañar un curriculum vitae en formato «europass», y la
documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de
concurso, de acuerdo con lo recogido en la base 7 de esta convocatoria.
− Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que
soliciten la adaptación del tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
discapacidad.
3.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación. Los datos personales
recogidos en las solicitudes de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión del
proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de
los datos relativos a estos procesos selectivos.
4. Admisión de las personas aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante
adoptará resolución declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, con
indicación de las causas de exclusión, así como la fecha y hora de comienzo del primer
ejercicio de la oposición. Dicha resolución se publicará en los tablones de anuncios del
Consorcio de la Zona Especial Canaria, en su página web www.canariaszec.gob.es, en
el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el Portal Funciona (https://
sede.funciona.gob.es/public/servicios).
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la fecha de la resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión.
4.3 Transcurrido dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, la lista definitiva se publicará en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales. En caso de que no se produzcan alegaciones, la lista provisional se
elevará a definitiva.
5.
Tribunales de selección
5.1 Los Tribunales estarán compuestos por tres miembros titulares y tres suplentes,
designados conforme a lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio colectivo para el
personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria. Las personas miembros del
Tribunal, son las personas identificadas en el anexo III, respetando en su conjunto la
presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición. Los Tribunales podrán
contar con el asesoramiento de especialistas en las materias sobre las que versen las
diferentes pruebas del proceso selectivo, quienes participarán en la calificación de las
pruebas con voz, pero sin voto.
cve: BOE-A-2024-27549
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187377
libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
− Las personas incluidos en el apartado c) de la base 2.1.1, además de la copia
auténtica del pasaporte en vigor, una copia auténtica del correspondiente permiso de
residencia, o de trabajo y de residencia.
− Asimismo, además de la copia auténtica que acredite la titulación que da acceso a
esta convocatoria, se deberá acompañar un curriculum vitae en formato «europass», y la
documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de
concurso, de acuerdo con lo recogido en la base 7 de esta convocatoria.
− Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que
soliciten la adaptación del tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
discapacidad.
3.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación. Los datos personales
recogidos en las solicitudes de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión del
proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de
los datos relativos a estos procesos selectivos.
4. Admisión de las personas aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante
adoptará resolución declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, con
indicación de las causas de exclusión, así como la fecha y hora de comienzo del primer
ejercicio de la oposición. Dicha resolución se publicará en los tablones de anuncios del
Consorcio de la Zona Especial Canaria, en su página web www.canariaszec.gob.es, en
el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el Portal Funciona (https://
sede.funciona.gob.es/public/servicios).
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la fecha de la resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión.
4.3 Transcurrido dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, la lista definitiva se publicará en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales. En caso de que no se produzcan alegaciones, la lista provisional se
elevará a definitiva.
5.
Tribunales de selección
5.1 Los Tribunales estarán compuestos por tres miembros titulares y tres suplentes,
designados conforme a lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio colectivo para el
personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria. Las personas miembros del
Tribunal, son las personas identificadas en el anexo III, respetando en su conjunto la
presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición. Los Tribunales podrán
contar con el asesoramiento de especialistas en las materias sobre las que versen las
diferentes pruebas del proceso selectivo, quienes participarán en la calificación de las
pruebas con voz, pero sin voto.
cve: BOE-A-2024-27549
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 315