Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27545)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueba la convocatoria y bases del proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187295
4.3 Todos los documentos habrán de estar redactados en castellano o en gallego.
Los documentos presentados en otros idiomas deberán estar traducidos oficialmente al
castellano o al gallego.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal calificador
analizará las candidaturas recibidas, determinará las personas admitidas y excluidas en
función de la documentación presentada, y publicará la relación provisional, indicando,
respecto de las candidaturas no admitidas, el motivo o motivos de exclusión.
Con la publicación de la citada relación, se considerará efectuada la correspondiente
notificación a las personas interesadas.
5.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados desde el día siguiente a la publicación del listado, para presentar alegaciones o
subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su exclusión.
De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y de la doctrina
jurisprudencial en materia de subsanación de solicitudes (entre otras, STS 25 de marzo
de 2019, STSJ de Castilla-La Mancha de 11 de diciembre de 2006, STSJ de Galicia
de 26 de octubre de 2005, STSJ de Madrid de 29 de julio de 2010), sólo se admitirá la
subsanación de defectos materiales o de forma de los documentos ya aportados o
alegados junto con la solicitud. En ningún caso se admitirá, como subsanación de la
solicitud, la aportación de documentos requeridos para la participación en el proceso
selectivo o para la baremación en la fase de concurso que no fueron presentados o
alegados en el plazo establecido en las bases.
Las personas aspirantes deberán presentar documentación para el trámite de
subsanación también a través de la aplicación IPS a la que se hace referencia en el
apartado 4.2 de las presentes bases, siendo posible, como se indica en dicho apartado,
la presentación de documentación, por registro electrónico, cuando se trate de copias
auténticas o cuando el tamaño de los archivos exceda el límite establecido por la
plataforma IPS.
De no ser atendido el requerimiento en el plazo de diez días, se le tendrá por
desistido/a de su solicitud o se le podrá declarar decaído en su derecho de trámite
correspondiente, según obliga el artículo 68 de la citada Ley 39/2015, de 12 de octubre.
5.3 Una vez revisada la documentación de subsanación presentada o, en su caso,
las alegaciones presentadas, se publicará la relación definitiva de personas candidatas
admitidas y excluidas. Además, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han
solicitado adaptación, indicando para cada persona la adaptación concedida o, en su
caso, las razones de la denegación.
La publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas implicará la
declaración del decaimiento del derecho al trámite de subsanación de las personas que,
habiendo resultado provisionalmente excluidas, no hayan presentado documentación de
subsanación dentro del plazo otorgado a tal fin.
5.4 La fecha de realización del ejercicio de la fase de oposición se publicará con la
suficiente antelación.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El proceso selectivo se desarrollará conforme a lo señalado en el anexo I, y
constará de dos fases. La primera fase será la de oposición, de carácter eliminatorio, y la
segunda será de concurso de méritos, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.2 En la fase de oposición se realizará una única prueba, de carácter práctico,
consistente en un examen tipo test de 60 preguntas relacionadas con los contenidos y
referentes legislativos indicados en el anexo I de las presentes bases.
6.3 La puntuación máxima se establece en 100 puntos y se asignará de
conformidad con los criterios establecidos en el anexo I. La calificación final del proceso
cve: BOE-A-2024-27545
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187295
4.3 Todos los documentos habrán de estar redactados en castellano o en gallego.
Los documentos presentados en otros idiomas deberán estar traducidos oficialmente al
castellano o al gallego.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal calificador
analizará las candidaturas recibidas, determinará las personas admitidas y excluidas en
función de la documentación presentada, y publicará la relación provisional, indicando,
respecto de las candidaturas no admitidas, el motivo o motivos de exclusión.
Con la publicación de la citada relación, se considerará efectuada la correspondiente
notificación a las personas interesadas.
5.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados desde el día siguiente a la publicación del listado, para presentar alegaciones o
subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su exclusión.
De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y de la doctrina
jurisprudencial en materia de subsanación de solicitudes (entre otras, STS 25 de marzo
de 2019, STSJ de Castilla-La Mancha de 11 de diciembre de 2006, STSJ de Galicia
de 26 de octubre de 2005, STSJ de Madrid de 29 de julio de 2010), sólo se admitirá la
subsanación de defectos materiales o de forma de los documentos ya aportados o
alegados junto con la solicitud. En ningún caso se admitirá, como subsanación de la
solicitud, la aportación de documentos requeridos para la participación en el proceso
selectivo o para la baremación en la fase de concurso que no fueron presentados o
alegados en el plazo establecido en las bases.
Las personas aspirantes deberán presentar documentación para el trámite de
subsanación también a través de la aplicación IPS a la que se hace referencia en el
apartado 4.2 de las presentes bases, siendo posible, como se indica en dicho apartado,
la presentación de documentación, por registro electrónico, cuando se trate de copias
auténticas o cuando el tamaño de los archivos exceda el límite establecido por la
plataforma IPS.
De no ser atendido el requerimiento en el plazo de diez días, se le tendrá por
desistido/a de su solicitud o se le podrá declarar decaído en su derecho de trámite
correspondiente, según obliga el artículo 68 de la citada Ley 39/2015, de 12 de octubre.
5.3 Una vez revisada la documentación de subsanación presentada o, en su caso,
las alegaciones presentadas, se publicará la relación definitiva de personas candidatas
admitidas y excluidas. Además, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han
solicitado adaptación, indicando para cada persona la adaptación concedida o, en su
caso, las razones de la denegación.
La publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas implicará la
declaración del decaimiento del derecho al trámite de subsanación de las personas que,
habiendo resultado provisionalmente excluidas, no hayan presentado documentación de
subsanación dentro del plazo otorgado a tal fin.
5.4 La fecha de realización del ejercicio de la fase de oposición se publicará con la
suficiente antelación.
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El proceso selectivo se desarrollará conforme a lo señalado en el anexo I, y
constará de dos fases. La primera fase será la de oposición, de carácter eliminatorio, y la
segunda será de concurso de méritos, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.2 En la fase de oposición se realizará una única prueba, de carácter práctico,
consistente en un examen tipo test de 60 preguntas relacionadas con los contenidos y
referentes legislativos indicados en el anexo I de las presentes bases.
6.3 La puntuación máxima se establece en 100 puntos y se asignará de
conformidad con los criterios establecidos en el anexo I. La calificación final del proceso
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Núm. 315