Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27544)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueba la convocatoria y bases del proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024
2.

Sec. II.B. Pág. 187270

Retribución

Las retribuciones brutas anuales serán las que se especifican en la tabla a
continuación, que recogen los niveles correspondientes del convenio colectivo propio,
con las actualizaciones normativas referidas al ejercicio 2024:
Retribuciones anuales brutas
Plazas

Técnico/a de Grado Superior de Formación
Profesional de la familia de Informática
y Comunicaciones (grupo M1).

Nivel (convenio propio)

Salario base
(pagas extra incluidas)

Grupo M1–grupo 2 nivel 2

29.200,94 euros

3. Requisitos de las personas candidatas

3.1 Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de
la citada norma.
3.2 Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
plaza a la que se opta.
3.3 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de
jubilación forzosa.
3.4 No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
3.5 Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título académico
oficial que se señala en el anexo II. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia expedidos
por la autoridad española competente. Este requisito no se aplicará a las personas
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del derecho
comunitario: en este supuesto, se acreditará mediante copia auténtica en la que conste
el mencionado reconocimiento, debiendo aportarse copia auténtica traducida al
castellano realizada por Traductor/a jurado/a u oficial.

cve: BOE-A-2024-27544
Verificable en https://www.boe.es

Las personas que deseen participar en el proceso selectivo, para ser admitidas y
tomar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán, a la fecha de finalización del
plazo para la presentación de solicitudes: