Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-27555)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187576
Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán 100
para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad
con un grado igual o superior al 33 %.
Del total de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna se
reservarán 54 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con
discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.9 del Real Decreto 656/2024 de 2 de julio,
las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en los
procesos de acceso libre no se podrán acumular al turno general. En los procesos de
promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden
desiertas se acumularán a las del turno general de estos procesos.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna
queden vacantes no podrán acumularse a las de acceso libre.
Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso,
preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
Las personas aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2.
2.1
Proceso selectivo
Sistema.
El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema
general de acceso libre se realizará mediante el sistema de oposición, con las
valoraciones, ejercicio y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema de
promoción interna constará de dos fases: oposición y concurso, con las valoraciones,
ejercicio y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2
Programa.
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II en
esta resolución.
2.3
Desarrollo.
2.4
Comunicaciones.
La presente resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en
la página web de la seguridad social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información
útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano
www.administracion.gob.es.
En el caso del proceso selectivo de promoción interna, la información se publicará,
además, en el Portal Funciona.
cve: BOE-A-2024-27555
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, las convocatorias
deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las
respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.
No obstante, el desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo y en la Orden HFP/688/2017 de bases comunes.
Además, el desarrollo de los procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo
con otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o
lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodo de prácticas o cualquier
otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187576
Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán 100
para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad
con un grado igual o superior al 33 %.
Del total de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna se
reservarán 54 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con
discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.9 del Real Decreto 656/2024 de 2 de julio,
las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en los
procesos de acceso libre no se podrán acumular al turno general. En los procesos de
promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden
desiertas se acumularán a las del turno general de estos procesos.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna
queden vacantes no podrán acumularse a las de acceso libre.
Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso,
preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
Las personas aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2.
2.1
Proceso selectivo
Sistema.
El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema
general de acceso libre se realizará mediante el sistema de oposición, con las
valoraciones, ejercicio y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
El proceso selectivo para las personas aspirantes que se presenten por el sistema de
promoción interna constará de dos fases: oposición y concurso, con las valoraciones,
ejercicio y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2
Programa.
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II en
esta resolución.
2.3
Desarrollo.
2.4
Comunicaciones.
La presente resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en
la página web de la seguridad social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información
útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano
www.administracion.gob.es.
En el caso del proceso selectivo de promoción interna, la información se publicará,
además, en el Portal Funciona.
cve: BOE-A-2024-27555
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, las convocatorias
deberán ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y las
respectivas fases de oposición en un año, salvo causa justificada.
No obstante, el desarrollo de estos procesos selectivos exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo y en la Orden HFP/688/2017 de bases comunes.
Además, el desarrollo de los procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo
con otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o
lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodo de prácticas o cualquier
otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.