Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-27610)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación y prórroga al Convenio por el que en calidad de autoridad de certificación del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, encomienda a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la gestión de determinadas funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 187796

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente
adenda al convenio y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
El FEGA es la autoridad de certificación del Fondo Europeo Marítimo y de
Pesca (FEMP), de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 202/2024, de 27 de
febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
Asimismo, continuará ejerciendo las funciones como autoridad de certificación y
organismo intermedio de certificación FEMP contempladas en el Reglamento (UE)
núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por
el que se establecen disposiciones comunes y generales relativas, entre otros Fondos
Europeos, al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y se deroga el Reglamento (CE)
núm. 1083/2006 del Consejo, hasta la finalización de los efectos del programa
operativo 2014-2020.
Segundo.
El Programa Operativo se establece al amparo de lo dispuesto en el
Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 15 de mayo
de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y por el que se derogan los
Reglamentos (CE) núm. 2328/2003, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y (CE)
núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011 del Parlamento
Europeo y del Consejo.
Tercero.
El Programa Operativo designa como organismo intermedio de certificación en la
Comunidad Autónoma a la Secretaría General de la Consejería de Agua, Agricultura,
Ganadería y Pesca.
Cuarto.

Quinto.
Para instrumentalizar dicho encargo, las partes suscribieron con fecha de 20 de
septiembre de 2017 (BOE núm. 249 de 16 de octubre de 2017), el Convenio por el que el
Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. en calidad de autoridad de certificación del
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), encomienda a la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia para la gestión de determinadas funciones, en su condición de
organismo intermedio de certificación.

cve: BOE-A-2024-27610
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123.6 del Reglamento (UE)
núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por
el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y por el que se establecen
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y se
deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo; los Estados miembros podrán
designar uno o varios organismos intermedios para que realicen determinadas tareas de
la autoridad de gestión o la autoridad de certificación, bajo la responsabilidad de estas.
Estos acuerdos entre la autoridad de gestión o la autoridad de certificación y los
organismos intermedios se registrarán formalmente por escrito.