Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-27610)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación y prórroga al Convenio por el que en calidad de autoridad de certificación del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, encomienda a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la gestión de determinadas funciones, en su condición de organismo intermedio de certificación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187795
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
27610
Resolución de 23 de diciembre de 2024, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación y
prórroga al Convenio por el que en calidad de autoridad de certificación del
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, encomienda a la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia la gestión de determinadas funciones, en
su condición de organismo intermedio de certificación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la segunda adenda de modificación y prórroga al convenio de encomienda,
suscrito entre la Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Consejera
de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, para la gestión de determinadas funciones, en su condición de organismo
intermedio de certificación.
Madrid, 23 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Segunda adenda de modificación y prórroga al convenio por el que el Fondo
Español de Garantía Agraria, O.A., en calidad de autoridad de certificación
del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), encomienda a la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia para la gestión de determinadas funciones,
en su condición de organismo intermedio de certificación
Madrid, 23 de diciembre de 2024.
De una parte, doña María José Hernández Mendoza, Presidenta del Fondo Español
de Garantía Agraria, O.A (FEGA), en virtud del Real Decreto 725/2022, de 30 de agosto,
por el que se dispone su nombramiento y actuando en nombre y representación de dicho
organismo en el ejercicio de la facultad para celebrar convenios que le confieren el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y el artículo 5.2.e) del Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el
Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
Y, de otra parte, doña Sara Rubira Martínez, Consejera de Agua, Agricultura,
Ganadería y Pesca, (en adelante, la Comunidad Autónoma), cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente núm. 35/2023, de 14 de septiembre (Suplemento
núm. 12 del BORM núm. 213 de 14 de septiembre de 2023). Interviene en el ejercicio de
las facultades para celebrar convenios que le atribuyen el artículo 6.1 de la Ley 7/2004,
de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en ejercicio de la facultad que le
atribuye el artículo 7.2 de la misma ley, previa autorización del Consejo de Gobierno
mediante acuerdo de fecha 19 de diciembre de 2024.
cve: BOE-A-2024-27610
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187795
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
27610
Resolución de 23 de diciembre de 2024, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación y
prórroga al Convenio por el que en calidad de autoridad de certificación del
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, encomienda a la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia la gestión de determinadas funciones, en
su condición de organismo intermedio de certificación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la segunda adenda de modificación y prórroga al convenio de encomienda,
suscrito entre la Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Consejera
de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, para la gestión de determinadas funciones, en su condición de organismo
intermedio de certificación.
Madrid, 23 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Segunda adenda de modificación y prórroga al convenio por el que el Fondo
Español de Garantía Agraria, O.A., en calidad de autoridad de certificación
del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), encomienda a la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia para la gestión de determinadas funciones,
en su condición de organismo intermedio de certificación
Madrid, 23 de diciembre de 2024.
De una parte, doña María José Hernández Mendoza, Presidenta del Fondo Español
de Garantía Agraria, O.A (FEGA), en virtud del Real Decreto 725/2022, de 30 de agosto,
por el que se dispone su nombramiento y actuando en nombre y representación de dicho
organismo en el ejercicio de la facultad para celebrar convenios que le confieren el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
y el artículo 5.2.e) del Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el
Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
Y, de otra parte, doña Sara Rubira Martínez, Consejera de Agua, Agricultura,
Ganadería y Pesca, (en adelante, la Comunidad Autónoma), cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente núm. 35/2023, de 14 de septiembre (Suplemento
núm. 12 del BORM núm. 213 de 14 de septiembre de 2023). Interviene en el ejercicio de
las facultades para celebrar convenios que le atribuyen el artículo 6.1 de la Ley 7/2004,
de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en ejercicio de la facultad que le
atribuye el artículo 7.2 de la misma ley, previa autorización del Consejo de Gobierno
mediante acuerdo de fecha 19 de diciembre de 2024.
cve: BOE-A-2024-27610
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