Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-27559)
Orden TDF/1508/2024, de 23 de diciembre, por la que se convocan plazas adicionales y se establecen bases complementarias, para establecer reserva de discapacidad, en la Orden HFP/1330/2022, de 29 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo en el marco de la estabilización de empleo temporal, a la Subescala de Secretaría-Intervención, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 187661

aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntación
en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el
que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las
personas con discapacidad, en los procesos de acceso mediante ingreso libre, las plazas
reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán
acumular al sistema general.
Segundo.
Las personas interesadas en acceder a las plazas reservadas por el cupo de reserva
de discapacidad por el sistema de concurso dispondrán de un plazo de presentación de
veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta orden en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo previsto en la base 9 de
la citada orden de convocatoria.
Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad
únicamente podrán presentarse por este cupo. El incumplimiento de esta norma
determinará la exclusión de la persona aspirante.
Para las personas con un grado de discapacidad general igual o superior al 33 por
ciento, la condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta
a la Plataforma de Intermediación de Datos cuando la condición de discapacidad haya
sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
http://administracion.gob.es/PAG/PID.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para
su verificación por la Administración, alegando una causa para ello, deberá presentar
anexa a la solicitud el certificado acreditativo de su condición de discapacidad.
De acuerdo con el anexo III de la Orden HFP/1330/2022, de 29 de diciembre,
Instrucciones para cumplimentar la solicitud, las personas aspirantes con alguna
discapacidad que marquen estar exentos del pago por discapacidad, se les desplegarán
las siguientes casillas:
En el recuadro número 21 «Grado», las personas aspirantes con discapacidad
podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.
En el recuadro número 22 «Reserva», las personas aspirantes con un grado de
discapacidad general igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el
proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán
seleccionar «Sí, general».
Tercero.
Las personas aspirantes que ya se encuentren participando por el sistema general
en el mencionado proceso selectivo, y quieran optar al cupo de reserva de personas con
discapacidad por el sistema de concurso, deberán en este plazo presentar una nueva
instancia que sustituirá la ya existente. cumplimentando las casillas mencionadas en el
apartado Segundo de la presente orden.

Conforme al anexo I «Descripción del proceso selectivo» de la citada convocatoria,
dispone:
La fase de concurso debe tenerse en cuenta, que las personas aspirantes deberán
de presentar los certificados de requisitos y méritos, durante el plazo de presentación de
instancias.
El certificado de requisitos y méritos deberá ser cumplimentado electrónicamente por
la máxima autoridad de gestión de recursos humanos de las Entidades Locales,

cve: BOE-A-2024-27559
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.