Ministerio de Ciencia, Innovación y UniversidadesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2024-47796)
Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones a asociaciones juveniles, a federaciones y a confederaciones de estudiantes y de egresados cuyo ámbito de actuación sea la universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 75245
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
47796
Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría
de Estado de Cie ncia, Innovación y Unive rsidade s, por la que se
convocan, por tramitación anticipada, subvenciones a asociaciones
juve nile s, a fe de racione s y a confe de racione s de e studiante s y de
e gre sados cuyo ámbito de actuación se a la unive rsidad.
BDNS(Identif.):806257
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
806257)
Primero. Beneficiarios.
Los beneficiarios de las presentes subvenciones serán asociaciones juveniles y
federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados de ámbito nacional
cuya implantación y campo de actuación sea el sistema universitario y por tanto, el
ámbito territorial de más de una comunidad autónoma, que tengan como finalidad
participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas
en la Constitución, en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, y en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria.
No podrán presentar solicitud aquellas entidades que no hayan justificado o
reintegrado, en su caso, el importe percibido en cualquier convocatoria anterior de
estas ayudas.
Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y obligaciones previstos en
los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
No podrán resultar beneficiarias dos asociaciones, para la misma actividad y
que tengan entre sí relación federada o jurídica.
No se admitirá más de una solicitud por entidad. En caso de que se reciba más
de una solicitud de la misma entidad, será admitida a trámite solamente la última
de ellas enviada dentro de plazo.
El objeto de este procedimiento de concesión, que se efectúa en régimen de
concurrencia competitiva, es financiar los gastos de carácter corriente derivados de
la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en
las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la
educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de
carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así
como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito
universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia
Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y
Confederaciones de estudiantes y de egresados en el ámbito universitario.
cve: BOE-B-2024-47796
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Objeto.
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 75245
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MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
47796
Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría
de Estado de Cie ncia, Innovación y Unive rsidade s, por la que se
convocan, por tramitación anticipada, subvenciones a asociaciones
juve nile s, a fe de racione s y a confe de racione s de e studiante s y de
e gre sados cuyo ámbito de actuación se a la unive rsidad.
BDNS(Identif.):806257
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
806257)
Primero. Beneficiarios.
Los beneficiarios de las presentes subvenciones serán asociaciones juveniles y
federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados de ámbito nacional
cuya implantación y campo de actuación sea el sistema universitario y por tanto, el
ámbito territorial de más de una comunidad autónoma, que tengan como finalidad
participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas
en la Constitución, en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, y en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria.
No podrán presentar solicitud aquellas entidades que no hayan justificado o
reintegrado, en su caso, el importe percibido en cualquier convocatoria anterior de
estas ayudas.
Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y obligaciones previstos en
los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
No podrán resultar beneficiarias dos asociaciones, para la misma actividad y
que tengan entre sí relación federada o jurídica.
No se admitirá más de una solicitud por entidad. En caso de que se reciba más
de una solicitud de la misma entidad, será admitida a trámite solamente la última
de ellas enviada dentro de plazo.
El objeto de este procedimiento de concesión, que se efectúa en régimen de
concurrencia competitiva, es financiar los gastos de carácter corriente derivados de
la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en
las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la
educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de
carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así
como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito
universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia
Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y
Confederaciones de estudiantes y de egresados en el ámbito universitario.
cve: BOE-B-2024-47796
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Objeto.