Comunidad Autónoma de Las Illes Balears. I. Disposiciones generales. Transportes de viajeros. (BOE-A-2024-27532)
Decreto-ley 4/2024, de 22 de noviembre, de modificación del Decreto-ley 2/2023, de 6 de marzo, de medidas urgentes en materia de servicio público discrecional del transporte de personas viajeras y en otras materias vinculadas a sectores económicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 187188

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
27532

Decreto-ley 4/2024, de 22 de noviembre, de modificación del Decreto-ley
2/2023, de 6 de marzo, de medidas urgentes en materia de servicio público
discrecional del transporte de personas viajeras y en otras materias
vinculadas a sectores económicos.

La disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, regula la concesión
de una subvención nominativa a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por un
importe global de 43 millones de euros, para el establecimiento de un descuento
del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte
colectivo terrestre de las Illes Balears, del ejercicio 2023, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con el artículo 28.1 de la misma Ley, y el artículo 65 del Reglamento de la Ley
General de Subvenciones, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La disposición adicional segunda del Decreto Ley 2/2023, de 6 de marzo, de medidas
urgentes en materia de servicio público discrecional del transporte de personas viajeras y
en otras materias vinculadas a sectores económicos, en cumplimiento de lo dispuesto en
el apartado 5 de la disposición adicional centésima décimo quinta de la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, determina
la distribución de las cuantías, proporcionalmente a las administraciones o empresas
gestoras de los servicios de transporte terrestre colectivo de las Illes Balears, de la
ayuda estatal para establecer el descuento del 100 % en el precio de los abonos de
transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las Illes Balears,
con las siguientes cuantías:
Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma: 18.785.756 euros.
Consorcio de Transportes de Mallorca: 8.619.248 euros.
Servicios Ferroviarios de Mallorca: 6.046.935 euros.
Consejo Insular de Ibiza: 5.602.059 euros.
Consejo Insular de Menorca: 3.516.811 euros.
Consejo Insular de Formentera: 429.191 euros.

Esta distribución se realizó según los criterios objetivos que se detallan en el punto II
del preámbulo del mencionado Decreto-ley 2/2023.
Sin embargo, ha habido alguna Administración que ha justificado un importe inferior
al asignado y el resto ha justificado un importe superior al asignado. En total, ha
supuesto un coste de más de 13 millones de euros por encima de la subvención recibida
de 43 millones. Por este motivo, es necesario modificar la distribución realizada en la
disposición adicional segunda del mencionado Decreto Ley 2/2023.
En total, el importe que no se ha justificado y tiene que redistribuirse es
de 405.597,66 euros. Siguiendo los mismos criterios de distribución del Decreto
Ley 2/2023, la distribución adecuada de este importe será la siguiente:





Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma: 224.887,97 euros.
Consorcio de Transportes de Mallorca: 103.182,71 euros.
Servicios Ferroviarios de Mallorca: 72.389,05 euros.
Consejo Insular de Formentera: 5.137,93 euros.

En estos momentos, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene que justificar,
ante la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril del Ministerio de

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