Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Gestión Catastral. (BOE-A-2024-27418)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186131
Itinerario B:
III. Instrumentos y sistemas de valoración. (12 temas).
IV. Legislación sectorial. Estructura económica y productiva (22 temas).
Las personas aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna que
hayan consignado la letra «G» como forma de acceso en la solicitud, deberán contestar
por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a siete preguntas de entre las diez
incluidas en el cuestionario propuesto por el tribunal calificador, sobre las materias
específicas incluidas en los siguientes grupos del programa del itinerario A, que se
recogen en el anexo I.1:
III. Derecho Civil e Hipotecario (26 temas).
IV. Derecho Mercantil (8 temas).
Esta parte del ejercicio se considera idónea a efectos de demostrar los
conocimientos teóricos sobre las materias descritas que se requieren para el desempeño
del puesto.
En esta parte del ejercicio, se valorarán los conocimientos generales, la claridad y
orden de ideas, y la capacidad de expresión y síntesis.
La parte A del ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para
superarlo alcanzar un mínimo de 15 puntos.
Se distribuirán los 30 puntos de puntuación máxima de la parte A del segundo
ejercicio de la forma siguiente:
Todas las preguntas tendrán el mismo valor. El Tribunal valorará las respuestas
escritas por los opositores de manera individual por pregunta para todos los criterios a),
b), c) y d) establecidos en el párrafo anterior.
Sin perjuicio de lo establecido en la base específica 13.5, las personas aspirantes
que obtengan en esta parte del ejercicio una puntuación superior a 15 puntos quedarán
exentos de la práctica de ésta en la convocatoria inmediata siguiente, y se les computará
una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sea análoga en el contenido
del temario y forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este
derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No
obstante, si optan por realizar esta parte del ejercicio, quedará sin efecto el resultado
obtenido en la convocatoria anterior.
A estos efectos, se entiende por puntuación la puntuación directa obtenida con
carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas
matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la
superación del ejercicio.
Las personas aspirantes por acceso libre, las personas aspirantes por promoción
interna que hayan consignado la letra «G» o «R» como forma de acceso en la solicitud y
las que hayan accedido por el cupo de reserva por discapacidad igual o superior al 33 %,
que hayan optado por el itinerario A en la solicitud de participación en estas pruebas
selectivas y que tienen conservada su puntuación en la parte A del segundo ejercicio de
la convocatoria inmediatamente anterior (Resolución de 13 de febrero de 2024, de la
Subsecretaría), estarán exentos de realizar la parte A del segundo ejercicio de la
presente convocatoria, manteniendo la puntuación obtenida en dicho ejercicio en la
convocatoria anterior. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de
participación a las pruebas selectivas. No obstante, si los aspirantes optan por realizar el
ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
cve: BOE-A-2024-27418
Verificable en https://www.boe.es
a) Amplitud y comprensión de los conocimientos, de 0 a 25 puntos.
b) Claridad y orden de ideas, de 0 a 2 puntos.
c) Capacidad de expresión escrita, de 0 a 1,5 puntos.
d) Capacidad de síntesis, de 0 a 1,5 puntos.
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186131
Itinerario B:
III. Instrumentos y sistemas de valoración. (12 temas).
IV. Legislación sectorial. Estructura económica y productiva (22 temas).
Las personas aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna que
hayan consignado la letra «G» como forma de acceso en la solicitud, deberán contestar
por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a siete preguntas de entre las diez
incluidas en el cuestionario propuesto por el tribunal calificador, sobre las materias
específicas incluidas en los siguientes grupos del programa del itinerario A, que se
recogen en el anexo I.1:
III. Derecho Civil e Hipotecario (26 temas).
IV. Derecho Mercantil (8 temas).
Esta parte del ejercicio se considera idónea a efectos de demostrar los
conocimientos teóricos sobre las materias descritas que se requieren para el desempeño
del puesto.
En esta parte del ejercicio, se valorarán los conocimientos generales, la claridad y
orden de ideas, y la capacidad de expresión y síntesis.
La parte A del ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para
superarlo alcanzar un mínimo de 15 puntos.
Se distribuirán los 30 puntos de puntuación máxima de la parte A del segundo
ejercicio de la forma siguiente:
Todas las preguntas tendrán el mismo valor. El Tribunal valorará las respuestas
escritas por los opositores de manera individual por pregunta para todos los criterios a),
b), c) y d) establecidos en el párrafo anterior.
Sin perjuicio de lo establecido en la base específica 13.5, las personas aspirantes
que obtengan en esta parte del ejercicio una puntuación superior a 15 puntos quedarán
exentos de la práctica de ésta en la convocatoria inmediata siguiente, y se les computará
una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sea análoga en el contenido
del temario y forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este
derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No
obstante, si optan por realizar esta parte del ejercicio, quedará sin efecto el resultado
obtenido en la convocatoria anterior.
A estos efectos, se entiende por puntuación la puntuación directa obtenida con
carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas
matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la
superación del ejercicio.
Las personas aspirantes por acceso libre, las personas aspirantes por promoción
interna que hayan consignado la letra «G» o «R» como forma de acceso en la solicitud y
las que hayan accedido por el cupo de reserva por discapacidad igual o superior al 33 %,
que hayan optado por el itinerario A en la solicitud de participación en estas pruebas
selectivas y que tienen conservada su puntuación en la parte A del segundo ejercicio de
la convocatoria inmediatamente anterior (Resolución de 13 de febrero de 2024, de la
Subsecretaría), estarán exentos de realizar la parte A del segundo ejercicio de la
presente convocatoria, manteniendo la puntuación obtenida en dicho ejercicio en la
convocatoria anterior. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de
participación a las pruebas selectivas. No obstante, si los aspirantes optan por realizar el
ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
cve: BOE-A-2024-27418
Verificable en https://www.boe.es
a) Amplitud y comprensión de los conocimientos, de 0 a 25 puntos.
b) Claridad y orden de ideas, de 0 a 2 puntos.
c) Capacidad de expresión escrita, de 0 a 1,5 puntos.
d) Capacidad de síntesis, de 0 a 1,5 puntos.