Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado. (BOE-A-2024-27429)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186363
grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 22, quienes tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con
discapacidad, deberán indicarlo consignando la opción «General».
En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la
comunidad autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero de
Montes» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según
establecen las directivas comunitarias. Se ha de indicar, además, añadiendo otro título,
la titulación exacta que posee.
En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes de la modalidad de acceso libre podrán
consignar la provincia en que desean figurar en la relación de candidatos de funcionarios
interinos de la base específica 15. Cuando el aspirante no cumplimente o no opte por
una provincia, se tomará la que corresponda al domicilio de residencia que figure en la
solicitud.
En el recuadro 27, «Datos B», se consignará el derecho a conservar la puntuación de
ejercicios superados en la anterior convocatoria, indicando «Conservar ejercicio». Este
derecho quedará condicionado en todo caso a que el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
En el recuadro 27, «Datos C», las personas aspirantes deberán consignar la
modalidad escogida para la prueba de conocimientos del idioma inglés: «Presencial» o
«Titulación». Quienes se acojan a esta última modalidad deberán adjuntar a su solicitud
la titulación, de las recogidas en el anexo V, que acredita el nivel de conocimiento de
inglés de nivel B2 o superior. En caso de no cumplimentar este apartado o no adjuntar la
titulación deberán realizar la prueba presencial. En caso de optar por la modalidad
«Presencial», no será posible modificar posteriormente la modalidad escogida.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema
general de acceso libre y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna. El
importe reducido para familias numerosas de categoría general será de 15,55 euros para
acceso libre y 7,79 euros para promoción interna.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la
dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa
conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carecieran de rentas superiores,
en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional durante el año fiscal de 2023.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
cve: BOE-A-2024-27429
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186363
grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 22, quienes tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con
discapacidad, deberán indicarlo consignando la opción «General».
En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la
comunidad autónoma en la que se reconoce esta condición.
En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.
En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero de
Montes» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según
establecen las directivas comunitarias. Se ha de indicar, además, añadiendo otro título,
la titulación exacta que posee.
En el recuadro 27, «Datos A», los aspirantes de la modalidad de acceso libre podrán
consignar la provincia en que desean figurar en la relación de candidatos de funcionarios
interinos de la base específica 15. Cuando el aspirante no cumplimente o no opte por
una provincia, se tomará la que corresponda al domicilio de residencia que figure en la
solicitud.
En el recuadro 27, «Datos B», se consignará el derecho a conservar la puntuación de
ejercicios superados en la anterior convocatoria, indicando «Conservar ejercicio». Este
derecho quedará condicionado en todo caso a que el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos.
En el recuadro 27, «Datos C», las personas aspirantes deberán consignar la
modalidad escogida para la prueba de conocimientos del idioma inglés: «Presencial» o
«Titulación». Quienes se acojan a esta última modalidad deberán adjuntar a su solicitud
la titulación, de las recogidas en el anexo V, que acredita el nivel de conocimiento de
inglés de nivel B2 o superior. En caso de no cumplimentar este apartado o no adjuntar la
titulación deberán realizar la prueba presencial. En caso de optar por la modalidad
«Presencial», no será posible modificar posteriormente la modalidad escogida.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema
general de acceso libre y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna. El
importe reducido para familias numerosas de categoría general será de 15,55 euros para
acceso libre y 7,79 euros para promoción interna.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la
dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa
conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carecieran de rentas superiores,
en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional durante el año fiscal de 2023.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
cve: BOE-A-2024-27429
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314