Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado. (BOE-A-2024-27438)
Resolución de 22 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186609

De acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, los
aspirantes que pertenezcan a Cuerpos o Escalas del grupo A2, y participen en la
convocatoria de promoción interna, estarán exentos de la de la realización de la primera
parte del primer ejercicio y de la parte de «Derecho Constitucional, Administrativo y
Comunitario» del cuarto ejercicio.
Asimismo, los aspirantes que concurran a la convocatoria de promoción interna que
pertenezcan al Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad o al Cuerpo Técnico de
Hacienda, estarán también exentos de la realización de los puntos I y II del segundo
ejercicio recogidos en el anexo I.2.
Los aspirantes que hubieran obtenido la calificación de «apto consolidado» en la
primera parte del primer ejercicio conforme a lo dispuesto en las bases de la
convocatoria anterior, aprobada por Resolución de 19 de marzo de 2024, quedarán
exentos de la realización de la primera parte del primer ejercicio en la presente
convocatoria.
Asimismo, conforme a la mencionada convocatoria anterior, quienes hubieran
obtenido en el segundo ejercicio 30 puntos, quedarán exentos de la realización del
segundo ejercicio en la presente convocatoria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de las correspondientes pruebas, los
criterios de corrección, valoración y superación de las mismas que no estén
expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Primer ejercicio:
Este ejercicio consistirá en una prueba de conocimientos generales y tendrá dos partes:
La primera parte consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de dos
horas y media, de un cuestionario de 20 preguntas cortas de breve desarrollo que el
tribunal propondrá para cada uno de los grupos de materias siguientes:
Jurídico-Económicas (Derecho y Economía):

En este caso se incorporan temas de teoría general del derecho muy simplificada,
así como cuestiones relativas al derecho mercantil. Las entidades de seguros y
reaseguros son entidades mercantiles, y el conocimiento de la regulación jurídica general
a la que están sometidas es fundamental para poder realizar una supervisión adecuada
de su actividad en el mercado. A título de ejemplo podríamos hacer mención a la
necesidad de autorización por orden ministerial de las fusiones, escisiones y otras
operaciones societarias, que sin perjuicio de su sometimiento a la regulación específica
aseguradora, están sometidas a la legislación mercantil general, por lo que su
conocimiento es necesario para los funcionarios que ejercen la supervisión.
En el caso de las materias económicas se refieren a cuestiones de macroeconomía y
de dirección de la empresa. Las entidades de seguros y reaseguros son parte de un
sector económico que aporta el 5,9 % del producto interior bruto, por lo que se hace
indispensable un conocimiento adecuado de la economía en la que se integran. Además,
la gestión interna de las empresas de seguros es igualmente objeto de supervisión, por
lo que el conocimiento de los distintos sistemas de gestión se hace igualmente
indispensable para garantizar una buena supervisión.
B)

Actuariales (Estadística y Matemática actuarial):

Las entidades de seguros y reaseguros realizan operaciones aseguradoras; de acuerdo
con la legislación vigente las operaciones anteriores deben ser realizadas usando técnica
actuarial. Es por lo que el conocimiento teórico y práctico de la citada técnica sea
indispensable para garantizar una supervisión adecuada por parte de los funcionarios que la
realizan. En este primer ejercicio, complementado por lo requerido en el cuarto, se requieren

cve: BOE-A-2024-27438
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A)