Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado. (BOE-A-2024-27435)
Resolución de 22 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186537

Los opositores que accedan por el sistema de promoción interna, pertenecientes al
Cuerpo General Administrativo, especialidad Estadística, estarán exentos en este
ejercicio de los temas 1, 2, 12, 17 y 21 del programa de Estadística, del tema 3 de
Informática y del programa de Derecho público y Organización del Estado. Para ellos,
este ejercicio consistirá en responder a dieciocho preguntas cortas a elegir entre
veintitrés propuestas por el Tribunal, con un tiempo máximo de 90 minutos. Los demás
opositores que accedan por el sistema de promoción interna, estarán exentos del
programa de Derecho Público y Organización del Estado. Para ellos, este ejercicio
consistirá en responder veinte preguntas cortas a elegir entre veinticinco propuestas por
el Tribunal, con un tiempo máximo de 100 minutos.
El número de preguntas respondidas por los candidatos no podrá ser superior al
número de preguntas a elegir en este ejercicio.
Para superar el ejercicio los opositores deberán alcanzar la calificación mínima de
cinco puntos. La valoración máxima del ejercicio será de diez puntos.
La calificación del primer ejercicio será el resultado de obtener la suma de la
puntuación obtenida en cada una de las preguntas elegidas dividida por el número de
preguntas a elegir en este ejercicio. Las respuestas a las preguntas elegidas se
calificarán siguiendo el orden de preguntas establecido por el Tribunal, no pudiendo en
ningún caso calificarse un mayor número de preguntas que el número de preguntas a
elegir en este ejercicio.
A los opositores que obtengan en este ejercicio una puntuación igual o mayor a seis,
se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre
y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos, sin perjuicio
de lo dispuesto en el apartado 13.5 referente a las personas que participen por el turno
de reserva de discapacidad.
Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso,
a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que
transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
Segundo ejercicio: consistirá en responder por escrito a siete cuestiones prácticas, a
elegir entre diez propuestas por el Tribunal, en un tiempo máximo de 150 minutos,
relacionadas con todo el programa del temario excepto el apartado de Derecho Público y
Organización del Estado.
Los opositores que accedan por el sistema de promoción interna, pertenecientes al
Cuerpo General Administrativo, especialidad Estadística, estarán exentos, además, de
los temas 1, 2, 12, 17 y 21 del programa de Estadística y del tema 3 del programa de
Informática. Para ellos, el ejercicio consistirá en responder a seis cuestiones prácticas
entre las ocho propuestas por el Tribunal, con un tiempo máximo de 130 minutos.
En ambos casos, el número de cuestiones prácticas respondidas por los candidatos
no podrá ser superior al número de problemas a elegir en este ejercicio.
En este ejercicio se evaluarán la amplitud y profundidad de los conocimientos de la
persona aspirante sobre las materias del programa a la hora de responder a las
cuestiones prácticas que se planteen, su capacidad de análisis y razonamiento, claridad
y orden de ideas, y la calidad de la expresión escrita.
En el segundo ejercicio la calificación será el resultado de obtener la suma de la
puntuación obtenida en cada una de las cuestiones prácticas elegidas dividida por el
número de cuestiones a elegir en este ejercicio. Las respuestas a las cuestiones
prácticas se calificarán siguiendo el orden de cuestiones establecido por el Tribunal, no
pudiendo en ningún caso calificarse un mayor número de cuestiones que el número de
cuestiones a elegir en este ejercicio.
El número de opositores que superen el segundo ejercicio no deberá ser superior al
de plazas convocadas.
La calificación final de cada opositor se obtendrá sumando la calificación de cada
ejercicio ponderada con arreglo a los siguientes coeficientes: primer ejercicio, coeficiente
cuatro; y segundo ejercicio, coeficiente seis.

cve: BOE-A-2024-27435
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Núm. 314