Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado. (BOE-A-2024-27435)
Resolución de 22 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186538
En caso de empate, el orden de prelación en el proceso de turno libre, se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Por la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio de la fase de
oposición.
2.º Por la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio de la fase de
oposición.
No obstante lo anterior, no se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
6.3
Descripción de la fase de concurso.
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los
siguientes méritos:
a)
Servicios prestados como personal funcionario de carrera:
Se valorarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera en el
alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo
C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo C1, o en
Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1.
del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo, estos últimos,
en la Administración General del Estado, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, con una puntuación de 0,3 puntos por año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
b)
Grado personal consolidado y formalizado:
Se otorgará la siguiente puntuación al grado personal que se tenga consolidado el
día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado,
a través del Acuerdo de Reconocimiento de Grado por la autoridad competente, a la
fecha de finalización del plazo de presentación del certificado del anexo V de esta
resolución, hasta un máximo de 2 puntos:
Hasta el grado 18: 0,40 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,20 puntos.
Se valorarán los curso de formación anotados en el Registro Central de Personal, de
duración igual o superior a quince horas lectivas, realizados en los últimos diez años y
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté directamente
relacionado con las funciones propias del Cuerpo al que se pretende acceder y que
hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Estadística, el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo para la Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas.
Se valorarán en función del grado de conexión de dichas funciones de 0,20 a 0,40
hasta un máximo de 2 puntos.
cve: BOE-A-2024-27435
Verificable en https://www.boe.es
c) Experiencia en el desempeño de funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo
de Diplomados en Estadística del Estado, con carácter interino o temporal. Se valorará la
experiencia de las funciones descritas en las correspondientes certificaciones que sean
idénticas o análogas a las del Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado con 0,25
puntos por año, hasta un máximo 1 punto.
d) Cursos de formación:
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186538
En caso de empate, el orden de prelación en el proceso de turno libre, se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Por la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio de la fase de
oposición.
2.º Por la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio de la fase de
oposición.
No obstante lo anterior, no se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
6.3
Descripción de la fase de concurso.
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los
siguientes méritos:
a)
Servicios prestados como personal funcionario de carrera:
Se valorarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera en el
alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo
C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo C1, o en
Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1.
del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo, estos últimos,
en la Administración General del Estado, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, con una puntuación de 0,3 puntos por año completo de servicios, hasta un
máximo de 6 puntos.
b)
Grado personal consolidado y formalizado:
Se otorgará la siguiente puntuación al grado personal que se tenga consolidado el
día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado,
a través del Acuerdo de Reconocimiento de Grado por la autoridad competente, a la
fecha de finalización del plazo de presentación del certificado del anexo V de esta
resolución, hasta un máximo de 2 puntos:
Hasta el grado 18: 0,40 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,20 puntos.
Se valorarán los curso de formación anotados en el Registro Central de Personal, de
duración igual o superior a quince horas lectivas, realizados en los últimos diez años y
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté directamente
relacionado con las funciones propias del Cuerpo al que se pretende acceder y que
hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Estadística, el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo para la Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas.
Se valorarán en función del grado de conexión de dichas funciones de 0,20 a 0,40
hasta un máximo de 2 puntos.
cve: BOE-A-2024-27435
Verificable en https://www.boe.es
c) Experiencia en el desempeño de funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo
de Diplomados en Estadística del Estado, con carácter interino o temporal. Se valorará la
experiencia de las funciones descritas en las correspondientes certificaciones que sean
idénticas o análogas a las del Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado con 0,25
puntos por año, hasta un máximo 1 punto.
d) Cursos de formación: