Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-27417)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186078

– Segunda parte: Se calificará de 0 a 5 puntos, independientemente de la modalidad
a la que se acojan las personas aspirantes.
En la modalidad presencial la calificación se otorgará en función del resultado de la
prueba. La puntuación se asignará al saldo positivo de las respuestas acertadas menos
las erróneas. Las no respondidas no computan.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, alternativa de la
anterior, la calificación será de 5 puntos para las personas aspirantes que presenten
alguno de los títulos que se recogen en el anexo V conforme al Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas que se corresponda con un nivel B2 o superior del idioma
escogido y de 2,5 puntos cuando el título presentado se corresponda con un nivel B1.
Para superar el primer ejercicio será necesario obtener en cada una de sus partes la
calificación mínima establecida en los párrafos anteriores. La calificación del primer
ejercicio vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de
sus partes.
Segundo ejercicio:
– Primera parte: Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 10 puntos para superarla.
– Segunda parte: Se calificará de «apto» o «no apto» siendo necesario obtener la
calificación de apto en cada una de las pruebas de aptitud, a) psicotécnica y b) médica,
para superar esta parte del ejercicio.
En la prueba de aptitud intelectual, la calificación de «apto» se obtendrá cuando la
puntuación directa resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en ambos
cuestionarios dividida por dos, sea, como mínimo del 50 % de la puntuación máxima
posible.
En la prueba del perfil de personalidad, los miembros del órgano de apoyo que
realicen las pruebas remitirán al Tribunal el resultado de las mismas, así como una
propuesta motivada e individualizada en el caso de que la persona aspirante no resulte
idónea, en función de las cuales el Tribunal calificará a las personas aspirantes como
«apto» o «no apto».
En la prueba de aptitud médica, la calificación de «apto» o «no apto» vendrá
determinada porque las personas aspirantes incurran o no en alguna de las causas de
exclusión médica recogidas en el anexo VI. Serán los miembros del órgano de apoyo
que realicen las pruebas médicas quienes emitan una propuesta motivada e
individualizada de calificación de cada aspirante al Tribunal, que calificará la prueba
como «apto» o «no apto».
Para superar este ejercicio será necesario obtener en cada una de sus partes la
calificación mínima establecida en los apartados anteriores. La calificación del segundo
ejercicio vendrá determinada por la calificación numérica de la primera parte.

Se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener 30 puntos para superar el
ejercicio.
Cada una de las partes se calificará de 0 a 30 puntos.
No se admitirá la compensación en el caso de que la calificación fuera inferior a 12
puntos en alguna de las dos partes.
El Tribunal publicará las relaciones de las personas aspirantes que hayan igualado o
superado la calificación mínima de 12 puntos en la primera parte del tercer ejercicio y
que, consecuentemente, pueden realizar la lectura del tema escrito, con indicación de la
calificación que han obtenido.
2. Para la calificación de los ejercicios el Tribunal evaluará el conocimiento de los
aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su

cve: BOE-A-2024-27417
Verificable en https://www.boe.es

Tercer ejercicio: