Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. (BOE-A-2024-27419)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186178

9.8 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar
a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo, el órgano de selección publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso,
9.9 Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo
caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
10. Superación del proceso selectivo y nombramiento
10.1 Finalizada la fase de oposición y, en su caso, de concurso-oposición, el
órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan
superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en la
página web del organismo, en la sede del órgano de selección, así como en aquellos
lugares que se estimen convenientes.
10.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición y,
en su caso, la fase de concurso-oposición se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes
propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa
del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
10.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el
acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de
plazas convocadas.
10.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el
nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en
el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas
seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación
complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible
nombramiento como personal funcionario de carrera.
10.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un
plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
10.6 A las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los
requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas
y realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de
Estudios Fiscales.
10.7 Finalizado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la
situación de funcionarios/as en prácticas hasta la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de los nombramientos como personal funcionario de carrera del Cuerpo
Superior de Interventores y Auditores del Estado. Las personas aspirantes que participen
por el turno de ingreso libre continuarán realizando las prácticas en las unidades
asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento. Las personas aspirantes que
accedan por el turno de promoción interna y que hubieran optado por percibir las
retribuciones del puesto de origen, regresarán a su puesto de origen a prestar servicios
hasta la publicación de los nombramientos. De no ser éste el caso, continuarán
realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca dicho
nombramiento. El período de prácticas tendrá una duración máxima de mes y medio.
10.8 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el
proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación
total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004,

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Núm. 314