Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. (BOE-A-2024-27419)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186172

Cuarto ejercicio
Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra,
sustitutiva de la anterior, mediante la cual las personas candidatas podrán acreditar su
conocimiento de inglés o francés equivalente a B2 o superior, de acuerdo con los niveles
del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos
necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En la modalidad presencial, el ejercicio consistirá en una traducción directa, ejercicios
de gramática y de comprensión escrita respondiendo a preguntas sobre un texto.
Tendrá una duración máxima de una hora y se realizará por escrito y sin diccionario.
En este ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad
de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa
de la anterior, las personas aspirantes que así lo deseen podrán acreditar su
conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el
anexo V, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que
corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido, siempre y cuando se haya
obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de
instancias.
Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo
en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el
conocimiento de inglés o francés.
En la modalidad presencial, se calificará como «apto» o «no apto». El ejercicio se
valorará de 0 a 50 y la calificación de «apto» se otorgará cuando se alcance, al menos,
el 50 por ciento de la valoración total del ejercicio.
Se distribuirán los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Conocimiento de los idiomas extranjeros, de 0 a 30 puntos.
b) Capacidad de comprensión y síntesis, de 0 a 10 puntos.
c) Calidad de la versión en castellano, 0 a 10 puntos.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, alternativa de
la anterior, la calificación será «apto» para las personas aspirantes que presenten alguno
de los títulos que se recogen en el anexo V conforme al Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma
escogido, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de
finalización de presentación de instancias y «no apto» en caso contrario. Los niveles
inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo V no
darán acceso al siguiente ejercicio.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.
En el caso de que el Tribunal detectase que la titulación presentada no cumple con
los requisitos establecidos en estas Bases para la acreditación de un nivel B2 o superior,
lo acordará en una resolución en la que se relacionará a las personas aspirantes que,
debido a este motivo, deberán realizar el cuarto ejercicio en la modalidad presencial.
Dicha resolución se publicará con antelación suficiente a la fecha de realización del
cuarto ejercicio.
En ambas modalidades, será necesario obtener la calificación de «apto» para
superar el ejercicio.

cve: BOE-A-2024-27419
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Núm. 314